OCU denuncia publicidad engañosa en la cerveza Damm Lemon
La empresa se enfrenta a una multa de entre 150€ y 10.000€

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha denunciado a la empresa Damm ante la Agencia Catalana de Consumo por publicidad engañosa. Según la OCU, los ingredientes reales de la cerveza Damm Lemon no son los que se indican en el etiquetado. De confirmarse, la empresa cervecera se enfrentaría a una sanción de entre 150€ y 10.000€.
“Gracias a un estudio de mercado realizado por OCU sobre cervezas con limón, hemos detectado que la empresa Damm, comercializa una de estas cervezas, concretamente Damm Lemon, con información que pudiera ser engañosa y por tanto confusa para los consumidores”, explica la organización.
En el etiquetado frontal de este producto “se publicita que se elabora con 6 partes de cerveza y 4 de limón, incluyendo un gráfico representativo de esas proporciones. Sin embargo, en la lista de ingredientes, esas 4 partes de limón son realmente zumo de limón a partir de concentrado con un contenido de limón del 0,4%, además de otras sustancias”.
Por lo tanto, “esa cuarta parte o ese 40% no corresponde a limón (o su zumo), sino que es un 40% de bebida refrescante de extractos, entre cuyos ingredientes aparece un 0,4% de zumo de limón a partir de concentrado”, denuncian.
Asimismo, la asociación de consumidores recuerda que desde Damm “indican que la cerveza tiene un ‘toque de lima’, cuando este cítrico ni siquiera aparece en la lista de ingredientes”. “La información que aparece en su página web, tampoco es correcta”, zanjan.

“El Reglamento europeo sobre la información alimentaria facilitada al consumidor establece expresamente que la información sobre las características de un alimento y, en particular, sobre la naturaleza, identidad, cualidades o composición, no debe inducir a error al consumidor”, aclara la OCU.
Del mismo modo, “nuestra Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, entiende que el etiquetado y presentación de los bienes y servicios y las modalidades de realizarlo deberán ser de tal naturaleza que no induzca a error al consumidor y usuario, pudiendo recibir, en caso de confirmarse por la Agencia Catalana de Consumo la infracción, una sanción que oscila entre 150€ y 10.000€”.
Para OCU, una de sus actividades principales es la lucha contra la información confusa y engañosa de los productos y servicios que se ponen a disposición de los consumidores y usuarios, y para ello ha denunciado en numerosas ocasiones este tipo de infracciones y ha solicitado recientemente al Ministerio de Consumo que promueva el aumento del tamaño de la letra del etiquetado.