Este domingo entra en vigor el real decreto que elimina la doble comisión por sacar dinero de cajeros ajenos a la entidad emisora de la tarjeta del usuario.
No obstante, todavía puede tener un coste adicional (aparte de la comisión habitual), porque con la reforma legal tu banco te puede repercutir lo que le hayan cobrado a él porque tú hayas usado un cajero de esa otra entidad.
En definitiva, el banco propietario del cajero no podrá cobrar una comisión al cliente, pero sí a la entidad emisora de la tarjeta, que podrá repercutir o no al usuario.
Si la retirada de efectivo es a débito (la tarjeta con la que pagamos en la tienda o sacamos dinero del cajero y la cantidad se descuenta al momento de nuestra cuenta corriente), la emisora de la tarjeta sólo podrá repercutir al cliente la comisión satisfecha al dueño del cajero.
Si es a crédito (dinero que se saca con la tarjeta de crédito, cuyos cargos se hacen un tiempo después y pueden acarrear comisiones e intereses), la emisora de la tarjeta podría cobrar un importe adicional a la tasa cobrada entre bancos.
El decreto entra en vigor este domingo, aunque da de plazo hasta el 1 de enero de 2016 para que las entidades adapten sus sistemas.


















