Opinión

La prescripción enfermera y la seguridad del paciente (II)

Concha Ledesma.
Concha Ledesma.

La prescripción colaborativa.-

[dropcap]L[/dropcap]a prescripción colaborativa permite a las enfermeras realizar el seguimiento del tratamiento farmacológico de ciertas enfermedades crónicas e incluso modificar las dosis según el estado del paciente. Estamos hablando aquí de fármacos que están sujetos a prescripción médica.  Ante el reto del envejecimiento de la población y del aumento de enfermos crónicos, se impone que enfermería asuma nuevas competencias con la capacitación correspondiente.

La legislación a este respecto en función de la seguridad del paciente debe ser muy garantista. En la única autonomía donde se ha desarrollado en la práctica, que es Andalucía, exige que el facultativo médico lo haya indicado previamente, lo haya autorizado y esté incluido en el marco de un protocolo establecido para cada problema de salud crónico. En concreto, se ha llevado a la práctica en pacientes con diabetes, con anticoagulación crónica (control del Sintrom), riesgo cardiovascular y sedación paliativa. Exige además una acreditación específica a las enfermeras prescriptoras en cada proceso crónico.

Es este punto del Decreto de octubre de 2015 el que ha levantado más ampollas entre el colectivo de enfermería porque exige una autorización previa del médico, lo cual es lógico en la prescripción colaborativa pero no en la prescripción autónoma de la que hablamos en la primera parte.

En el mencionado decreto que ha dado marcha atrás a la prescripción enfermera  autónoma, no se cierra la puerta a la prescripción colaborativa  pero exige que los protocolos sean de aplicación en todo el estado, los realice la Comisión Permanente de Farmacia del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud con la participación del Ministerio de Sanidad, Colegios profesionales, representantes de las comunidades autónomas y otros.  Posteriormente debe ser  validado por el ministerio y publicados en el BOE para su aplicación en todo el Estado.

Y también ha levantado polémica, el tema de la necesaria acreditación profesional en esta materia. Es posible que en un futuro, cuando todas la enfermeras lo sean mediante un grado universitario y se haya desarrollado la especialización vía EIR, esta acreditación no sea necesaria. Pero incluso entonces, se requiere de una acreditación para patologías crónicas concretas como ocurre en otros países donde se ha depositado en enfermería una responsabilidad mayor sobre el control de los enfermos crónicos. La necesidad de acreditación ha estado siempre presente, de hecho, en Andalucía, 4000 enfermeras han recibido ya acreditación en prescripción colaborativa.

Si algo está funcionando y tiene un recorrido de 6 años que puede ser evaluado, ¿por qué no usarlo como base para generalizarlo al resto? Son esas cuestiones de rivalidad política las que no permiten avanzar.

Concha Ledesma

Asociación para la Defensa de la Sanidad Pública de Salamanca

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