El Gobierno español reconoce, en respuesta a varias preguntas parlamentarias del Senador del grupo de Compromis Carles Mulet, que las actividades de investigación y extracción de recursos minerales de uranio «pueden dar lugar a riesgos radiológicos para los trabajadores, para la población en general y para el Medio Ambiente”, pero que “la competencia para realizar la evaluación ambiental del proyecto de explotación del yacimiento de Retortillo y Santidad es de la Junta de Castilla y León”.
La Junta de Castilla y León (Dirección General de Energía y Minas) durante el proceso de aprobación de la Declaración de Impacto Ambiental señaló, respecto de la Planta de concentrado de uranio, que «al tratarse de una instalación radiactiva de 1ª categoría corresponde su autorización al Ministerio de Industria, Energía y Turismo y dentro de su tramitación precisa también realizar una tramitación Medio-Ambiental que corresponderá resolver al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente”.
Según Stop Uranio «el resultado de esta disparidad de criterios a la hora de saber quién es el competente para evaluar las consecuencias para la salud de la mina y planta de Retortillo, es que nadie se ha preocupado en estudiar la incidencia de Planta de concentrado de uranio en la población que vive alrededor de esa instalación radiactiva. En la Declaración de Impacto Ambiental, a la que nos remite el Gobierno del Estado, aprobada por la Junta de Castilla y León en octubre de 2013 no hay una sola referencia a los habitantes de la zona, la conclusión debe ser que la mina se instala en un desierto o en un casquete polar».
La plataforma indica que este tipo de minería «resulta muy peligrosa para la salud y así lo advierte el médico y científico Eduardo Rodríguez Farré al considerar que las partículas pequeñas de uranio en contacto con el aire forman un aerosol que al ser inhalado se acumula en el pulmón y puede determinar problemas graves a largo plazo”.
«Causa estupor observar que los salmantinos tienen que sufrir las contradicciones que provoca la España de las Autonomías en la distribución de competencias, pero no debemos permitir que nuestra salud pueda ponerse en peligro porque la Junta o Estado no se preocupen en determinar los efectos reales de la minería de uranio», concluye.
Berkeley
Berkeley Minera España, por su parte, afirma que «nadie pone en duda que las actividades de investigación y extracción de recursos minerales de uranio, al igual que cualquier otra actividad industrial, puede dar lugar a riesgos para las personas y el medioambiente en el caso de que no se hagan de manera correcta, aunque en nuestro caso es exactamente al contrario, tal y como ya han conformado las autoridades competentes en cada materia», indica.
Acusa a Stop Uranio de «extraer frases sueltas sacándolas de contexto a la hora de referirse a las competencias. Efectivamente, la competencia para realizar la evaluación ambiental del proyecto de explotación del yacimiento de Retortillo y Santidad es de la Junta de Castilla y León, y así lo ha hecho a través de la tramitación ambiental del proyecto, habiéndose probado que el proyecto de explotación del yacimiento de Retortillo y Santidad es absolutamente compatible con el entorno en el que se encuentra, no siendo perjudicial tampoco y desde el punto de vista ambiental para ninguna de las actividades que se realizan en el entorno».
Por otra parte, explica que la legislación española es concreta en lo referente a la protección radiológica y establece literalmente que «las autorizaciones o licencias que corresponda otorgar a cualquier administración pública no podrán ser denegadas o condicionadas por razones de seguridad nuclear o protección radiológica, cuya apreciación corresponde al Consejo de Seguridad Nuclear”, es decir, «la Junta de Castilla y León se ha pronunciado en referencia a la protección ambiental que es aquello para lo que es competente, pero en materia de protección radiológica no es la Junta de Castilla y León la que se ha de pronunciar, sino el Consejo de Seguridad Nuclear, el cual ya ha decretado que, de acuerdo con las estimaciones realizadas por el CSN en el marco de la concesión de explotación minera y de la autorización previa de la planta de tratamiento, se puede concluir que de acuerdo con las estimaciones realizadas, la explotación de la mina y el funcionamiento de la planta no suponen un impacto a la población por encima de los límites establecidos”.
Por ello, concluye «las administraciones españolas están siendo absolutamente diligentes y están evaluando aquello para lo que cada una es competente, siendo hasta la fecha todas las evaluaciones realizadas positivas, y habiéndose demostrado que el proyecto no causará ningún efecto nocivo, ni al medioambiente, ni a las personas».