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El jurado popular dará su veredicto sobre el crimen del Paseo de la Estación

El procesado, en la última sesión del juicio.

La Audiencia Provincial de Salamanca ha acogido este miércoles la última jornada del juicio contra R.A.O.L. por acabar, presuntamente, con la vida de Yolanda Jiménez asestándole hasta 51 puñaladas en su domicilio del Paseo de la Estación el pasado abril de 2016. A partir de este jueves, será tarea del jurado popular deliberar la culpabilidad o inocencia del procesado, analizando todas las pruebas, testimonios y conclusiones expuestas durante el procedimiento judicial.

 

En esta jornada, ambas partes han expuesto sus conclusiones, manteniendo la acusación que el detenido es el autor del crimen y, la defensa, pidiendo la absolución de los cargos. El Ministerio Fiscal ha mantenido la petición de condena en 20 años de prisión más el pago de 250.000 euros de indemnización a las tres hijas de la víctima. Explicó que aplicaba esta pena considerando que el crimen es un asesinato, que se distingue del homicidio en que éste cursa con ensañamiento, es decir, la intención de hacer más daño a la víctima. El fiscal considera que esto está debidamente fundamentado por el gran número de heridas y por los indicios de que ella estaba viva en todas ellas.

En primer lugar, el Ministerio Fiscal ha asegurado que “no hay más sospechosos” que R.A.O.L. debido que a que existen antecedentes por violencia de género hacia Yolanda Jiménez y ha quedado probado según testigos y pruebas científicas que ambos estaban en el lugar de los hechos en ese momento y no había nadie más. Sus huellas están en las puertas, en distintos objetos; su ADN también ha sido identificado; su documentación y teléfono móvil estaban en el escenario; y su ropa estaba en la escena del crimen totalmente manchada con la sangre de la fallecida.

El acusado se encontraba en una situación incriminatoria. La autopsia fechó el fallecimiento en torno a las 14.00 horas y el acusado ha sido visto en la habitación en torno a las 17.30 horas. Además, las descripciones de diversos vecinos que vieron a alguien corriendo por las escaleras apuntan todas en la misma dirección y coinciden con la fisonomía del procesado.

Por último, el fiscal expuso que el acusado se había defendido con incoherencias, contradicciones y cambiando de tema, sin dar explicaciones de los indicios. Sin embargo, a lo largo de la investigación ha ido reconociendo cosas puntuales, como que rompió la puerta, que tenía la fregona dentro de la habitación o que había visto al propietario del piso ese día. También destacó que los médicos forenses no habían detectado enfermedades mentales en el examen psiquiátrico, por lo que es imputable de los hechos.

El abogado del Estado se mostró de acuerdo con todo lo expuesto con el Ministerio Fiscal y añadió que, en la declaración del agente de la Guardia Civil que participó en su detención y quien le realizó un primer interrogatorio, el agente relató que el acusado había contado que había apuñalado a su mujer. También puntualizó que su expareja había testificado que todos los fines de semana desde octubre acudía a visitar a su hija, pero que ese fin de semana no apareció por allí ni respondió al teléfono.

Acusación particular

La acusación particular quiso incidir en el daño que el acusado había infringido a los familiares de la víctima para justificar su petición de una sentencia ejemplar de 25 años de prisión más 450.000 euros por responsabilidad civil. Alegó que el parentesco de ambos era innegable porque los testigos habían señalado que él convivía con ella continuamente, un hecho agravante porque un crimen entre miembros de la misma unidad familiar se considera más grave.

El letrado destacó que “no puede haber mayor ensañamiento” y que no continuó agrediendo a la víctima porque el arma se rompió en el cuello, quedando la hoja clavada en el cuerpo, y ya no pudo usarla, “sino le habría dado más”, manifestó.

La defensa

El abogado de la defensa basó su intervención en generar dudas de la autoría de R.A.O.L. debido a que todo el relato se basa en indicios y no en pruebas contundentes. En primer lugar, argumentó que no existía ensañamiento (“una especie de tortura”) y que no debía confundirse con “violencia desmedida”. Añadió que, en caso de haber habido ensañamiento, la víctima habría gritado debido al sufrimiento, y ninguno de los vecinos declaró haber escuchado gritos, sino únicamente los golpes en la puerta. Por lo tanto, consideró que, en tal caso, el crimen sería homicidio, que conlleva menor pena.

En segundo lugar, manifestó que no hay “ni un solo vestigio de autoría”. El acusado ha negado los hechos “con rotundidad” y ha ofrecido otros posibles autores del crimen como otras parejas de Yolanda Jiménez, familiares, compañeros de piso… Nadie le vio hacerlo, en su detención no presentaba manchas de sangre, ni heridas, ni ADN de Yolanda Jiménez en la muestra recogida de sus uñas. Su ropa y huellas estaban en la habitación porque él acudía a menudo y, además, sus huellas no fueron halladas en el mango del arma homicida.

Por último, argumentó que se trataba de un “piso patera” en el que entraba y salía mucha gente a lo largo del día, y que fueron encontradas hasta 15 huellas que no fueron identificadas (no halladas en la base de datos policial), por lo que podría haber sido otra persona.

Texto y foto: P.C.M.

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