La Dirección General de Universidades e Investigación de la Consejería de Educación ha publicado este martes en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) la orden por la que se convocan las ayudas complementarias destinadas a estudiantes universitarios de Castilla y León que hayan resultado beneficiarios de las becas del Programa Erasmus+, que otorga el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (MECD), de movilidad con fines de estudio, para el curso académico 2017-2018.
El plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria, que cuenta con un presupuesto de 700.000 euros, finalizará el 8 de enero de 2018.
Estas ayudas irán destinadas a complementar la financiación de los gastos de estancia en el país de destino derivados de la participación de los estudiantes de las universidades de Castilla y León en el programa de movilidad anteriormente indicado por una duración mínima de tres meses y máxima de 12, por ciclo de estudios.
Podrán ser beneficiarios los alumnos de las universidades de Castilla y León que, cursando estudios oficiales de educación superior de Grado, Máster o Doctorado, sean beneficiarios de una beca Erasmus+ del MECD, de movilidad de estudiantes en instituciones de educación superior, con fines de estudio, con las que las universidades de Castilla y León tengan firmados los correspondientes acuerdos interinstitucionales para el curso académico 2017-2018.
Los interesados en estas ayudas deberán cumplimentar el formulario accesible a través de la sede electrónica de la Administración de Castilla y León -www.tramitacastillayleon.jcyl.es – y de la aplicación informática disponible en el Portal de Educación – www.educa.jcyl.es/universidad -. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente de la publicación en el Bocyl y finalizará el 8 de enero de 2018.
Las ayudas concedidas son compatibles con el disfrute de cualquier ayuda, subvención, recurso o ingreso concedido por cualquier administración o ente público o privado, nacional o internacional, con la misma finalidad, sin que el importe total subvencionado en ningún caso llegue a superar el importe total de la actividad subvencionada.