Dos de los tres exjugadores de la Arandina, en libertad bajo fianza

El recurso presentado por el tercer investigado está “en trámite”

Dos de los tres exjugadores de la Arandina Club de Fútbol han quedado en libertad provisional, con una fianza de 6.000 euros y una orden de alejamiento de 1.000 metros de la menor de 15 años que denunció presuntas agresiones sexuales, con la que tampoco pueden comunicarse ya sea por cualquier medio escrito, verbal, visual informático o telemático, según la resolución de la Audiencia Provincial de Burgos que estima parcialmente los recursos de apelación presentados por las defensas de dos de los investigados contra el auto de prisión, según confirmaron este martes fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL).

 

 

Los dos exjugadores que quedan en libertad son Víctor Rodríguez Ramos ‘Viti’, exportero de 23 años, y Raúl Calvo Hernández, extremo, de 19 años, que ingresaron en el centro penitenciario de Burgos y de Villanubla (Valladolid), respectivamente, el pasado 13 de diciembre.

La resolución de la Audiencia Provincial de Burgos precisa que el recurso presentado por el tercer investigado, Carlos Cuadrado Santos ‘Lucho’ -delantero de 24 años-, ingresado en el centro penitenciario de la capital burgalesa, está “en trámite”.

La salida de la cárcel de los dos investigados se produce tras el escrito presentado por la Fiscalía de no oposición a la libertad provisional de los tres investigados.

Así, la resolución recoge que una vez presentada la fianza, serán puestos en libertad con una serie de medidas cautelares complementarias como la obligación de presentarse todos los días 1 y 15 de cada mes ante el juzgado o dependencia de las Fuerzas de Seguridad del Estado de su domicilio dentro de España.

En segundo lugar, tienen la obligación de comunicar al juzgado de Instrucción numero 1 de Aranda de Duero cualquier cambio de domicilio aunque sea temporal.

En tercer lugar, la resolución recoge la prohibición de la salida del territorio español sin autorización del Juzgado de Instrucción o, en su caso, del órgano de enjuiciamiento y fallo, debiendo entregar el pasaporte al juzgado.

 

 

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