La Junta aclara que en los menús escolares no hay aceite de palma

Ni como integrante de materias primas de productos servidos en los comedores
comedor escolar
Dos menores aguardan su turno para comer en el colegio. (Archivo)

La Consejería de Educación aclara que Castilla y León no sirve aceite de palma ni en la elaboración de los menús ni como integrante de materias primas de productos servidos en los comedores escolares.

 

Educación señala que desde el año 2014 los contratos con las empresas que ofrecen estos servicios en los centros educativos ya incluyen la prohibición de utilizarlo. Además, subraya que en los controles que realiza la Administración autonómica periódicamente tampoco se ha detectado la presencia del aceite de palma en los productos precocinados que se ofrecen una vez cada 15 días a los escolares.

En este sentido, en marzo de 2018 la Consejería de Educación ya contestó a una Proposición No de Ley (PNL) informando de que no se sirve aceite de palma ni en la elaboración de los menús ni como integrante de materias primas de productos servidos en los comedores escolares. Asimismo, la Administración educativa autonómica recalca, respecto a la solicitud de creación de un documento de recomendaciones nutricionales avalado por expertos, que ya existen recomendaciones nutricionales y obligaciones contractuales.

Los requisitos dietético-nutricionales de los contratos de gestión del servicio público de comedor escolar vigentes desde el curso 2014-2015 han sido elaborados a partir del Documento de Consenso de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN), introduciendo obligaciones y restricciones más exigentes incluso que dicho documento con el objetivo añadido de educar en una nutrición saludable a los escolares y garantizar la mejor alimentación. Estos requisitos dietético-nutricionales han sido elaborados por el Área de Nutrición y Bromatología del Departamento de Pediatría de la Facultad de Medicina de la Universidad de Valladolid.

En concreto, y en relación a los aceites y grasas, en las contenidas en los requisitos dietético-nutricionales se prohíbe expresamente la utilización de aceites ricos en grasas saturadas -palma, palmiste, coco…- o grasas ricas en ácidos grasos trans. En cumplimiento de esta obligación, todas las empresas adjudicatarias utilizan exclusivamente aceite de oliva o girasol en sus elaboraciones.

Otras mejoras de las condiciones dietético nutricionales incluidas en las obligaciones contractuales son la eliminación de pescados como panga, perca o tilapia, menús con más verduras enteras, fuerte restricción de fritos y precocinados, más frutas frescas o la introducción de cereales integrales. Todas estas mejoras pretenden no solo garantizar la mejor alimentación sino educar en hábitos saludables a los escolares y que sean capaces de trasladar estos hábitos a su vida diaria.

Así, la Consejería de Educación considera que el comedor escolar es un espacio en el que procurar una adecuada alimentación con todas las garantías higiénico-sanitarias a los escolares y favorecer una apropiada educación en hábitos saludables y medioambientales. Prueba de ello son los más de 34.000 alumnos que cada día hacen uso de este servicio. Por ello, dentro del Plan Global de Mejora de Comedores Escolares, puesto en marcha por la Consejería de Educación en el curso 2014-2015, se realizan diversas actuaciones encaminadas a prestar un servicio de calidad integral con el objetivo principal de ofrecer menús sanos y equilibrados a los escolares, completado con otros objetivos educativos, participativos y lúdicos que contribuyan a su adecuado desarrollo.

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