La Audiencia Provincial de León ha archivado el caso ‘Caja España’ y en un auto al recurso presentado por la Fiscalía y al que se adhirió como acusación popular Izquierda Unida, confirma la sentencia dictada el pasado mes de marzo por Juzgado de instrucción número 5 de León que declaró la extinción de la presunta responsabilidad penal y la prescripción del delito societario que la acusación atribuía a 14 exconsejeros de la entidad financiera.
El Juzgado número 5 de León abrió una investigación, por un posible delito societario, sobre los miembros del Consejo de Administración de Caja España entre 2009 y 2012 por la refinanciación de una serie de préstamos a favor de empresas del que entonces era presidente de la entidad, Santos Llamas. En total, según sostuvo la Fiscalía y la acusación ejercida por Izquierda Unida, estas operaciones generaron un perjuicio económico a la entidad de casi 60 millones de euros.
Los ex consejeros justificaron la prórroga de los créditos concedidos a Llamas y a otros empresarios y argumentaron que actuaron dentro de la legalidad y de la propia normativa de la entidad y que no hacerlo hubiese implicado llevar a la Caja a una situación concursal, dado que eran varios los casos en la misma situación, con cantidades muy importantes pendientes de pago.
Los 14 ex miembros del Consejo, según defendieron sus representantes, tuvieron que elegir entre seguir el criterio de los órganos técnicos y aprobar esas operaciones o pedir la intervención del Banco de España, con consecuencias como la imposibilidad de acometer la fusión con Caja Duero o de recibir los préstamos del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) o trasladar los activos tóxicos de la caja a la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria, Sareb.
En el auto de este miércoles se argumenta que el hecho objeto de la investigación y del proceso, quedó delimitado en los acuerdos adoptados en sesión del Consejo de Administración de Caja de España de 8 de enero de 2009, por lo que considera la prescripción del delito societario y declara extinguida la presunta responsabilidad penal.