El juez anula dos cátedras de la Usal hechas a medida de los candidatos

La sentencia considera que los perfiles académicos tan específicos que se pedían no estaban justificados, pero no reprocha que los profesores que obtuvieron las plazas fueran los mismos que propusieron los miembros del tribunal
El Patio de Escuelas de la Usal.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Salamanca ha anulado dos cátedras convocadas por la Universidad de Salamanca por no motivar ni justificar la peculiaridad y singularidad de los perfiles con los que se había convocado, que eran tan peregrinos como «Química Inorgánica-Química para las Ingenierías. Síntesis y modificiación de sistemas laminares: hidrotaicitas y saponitas» y «Química Inorgánica-Química general. Ciencia de Materiales. Gestión y Planificación de a I+D+i. Investigación en sólidos de interés industrial con propiedades avanzadas».

 

En los juicios celebrados quedó demostrado que cada uno de estos perfiles beneficiaba a uno de los candidatos que se presentaba a la plaza, en concreto a los profesores Raquel Trujillano Hernández y a Francisco Martín Labajos, respectivamente.

Por eso, el juzgado, tras estimar parcialmente el recurso presentado por Silvia Raquel González Carrazán, sentencia que «el perfil con el que se convoque sea genérico (Química Inorgánica) o de establecerse un perfil esté debidamente motivado y justificado y cumpla los principios de igualdad, mérito y capacidad».

Los dos concursos públicos se han celebrado ya, y como era previsible los han ganado los profesores Raquel Trujillano y Francisco Martín, a quienes favorecían los perfiles, pues estaban hechos a su medida. El magistrado considera que los perfiles académicos tan específicos que se demandaban para las plazas no estaban justificados.

La justicia ha anulado el perfil en el que se apoyaban las cátedras, sin entrar a valorar que los profesores que han obtenido las plazas son los mismos que propusieron los miembros del tribunal. La candidata Trujillano es la esposa del tribunal que evaluó a Francisco Martín.

La ATU considera que debería estar prohibido que una persona que propone un tribunal se presente a esa plaza.

La sentencia no es firme aún y cabe recurso de apelación, por lo que la anulación de las cátedras y la convocatoria de unos nuevos concursos que se ajusten a la legalidad habrá de esperar, «si bien los tribunales empiezan a emitir sentencias en firme, en segunda instancia, que ponen límite a estos abusos por parte de las universidades que convocaban a concurso público plazas ya asignadas de antemano, de modo que aunque se presente como candidato un premio nobel no la obtendría, pues la oposición está amañada», indica la ATU.

La asociación, que ha asesorado los recursos que han llevado a esta sentencia anulatoria, se congratula por la sentencia, en cuanto a la anulación del perfil se refiere, «si bien creemos que queda mucho por trabajar aún ante las muy extendidas prácticas fraudulentas en las universidades, dado que el juzgado salmantino ha considerado admisible el que uno de los candidatos, Francisco Martín Labajos, haya sido el que ha propuesto a los miembros del tribunal que había de juzgar el concurso al que se presentaba, votando a favor del mismo, y lo ha decidido así por el simple hecho de que la mayoría de sus compañeros lo habían secundado en la votación, sin tomar en consideración que, como presidente de la comisión evaluatoria, había propuesto a Miguel Ángel Vicente Rodríguez, esposo de Raquel Trujillano, asumiendo él mismo la propuesta del perfil y de la comisión evaluatoria de la plaza que se había diseñado para que la obtuviera la esposa del presidente del tribunal, la señora Trujillano».

De hecho, cuando la profesora denunciante, González Carrazán, interpuso los correspondientes recursos ante el juzgado, «fue Martín Labajos el que asumió personarse en los procedimientos judiciales, tanto de la plaza diseñada para que la obtuviera él, como la que estaba trazada para la señora Trujillano», señala la ATU.

«Un intercambio de favores que quedó acreditado en los procedimientos, pero que no han llevado a que la justicia empiece a poner coto a estas prácticas tan extendidas en las convocatorias de plazas en las universidades, pero que, no por su generalización dejan de ser, cuando menos, inmorales y faltas de toda ética», señala la asociación de transparencia universitaria.

De cualquier modo, desde la ATU valoran positivamente esta sentencia «por el referente positivo que establece en relación con que los concursos públicos en nuestras universidades se ajusten a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad y no se facilite la endogamia, tan extendida hoy en día. Y quedamos a la espera de la decisión de la Usal de aceptar o discutir esta resolución judicial, pues de optar por el recurso seguiremos trabajando para que la sentencia sea firme y haya que repetir los dos concursos», concluye.

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