La Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León tendrá que indemnizar con 173.032 euros a los familiares de un paciente que falleció en 2015 tras recibir una asistencia sanitaria defectuosa en el hospital Clínico de Salamanca.
La Junta reconoció mediante resolución el pasado 26 de abril el derecho de los familiares de J.L.O.B. pero recurrió, aunque recientemente se ha desistido y en estos momentos es firme, según informa la Asociación ‘El Defensor del Paciente’.
J.L.O.B. falleció el 13 de julio de 2015, cuando contaba con 56 años. Presentaba como antecedentes médicos bypass femoropoplíteo bilateral, por obstrucción y por aneurisma poplíteo.
El día 5 de julio de 2015, comenzó a sufrir dolor en la pantorrilla, lo que motivó que acudiera al Servicio de Urgencias del Hospital Virgen del Puerto de Plasencia, donde, tras la realización de un eco Doppler, fue diagnosticado de obstrucción de bypass femoropoplíteo izquierdo. Entonces, fue derivado al Servicio de Cirugía Vascular al Hospital Clínico Universitario de Salamanca.
Esa misma tarde fue valorado por el servicio de Cirugía Vascular del HCU de Salamanca quien indicó que, dada la edad y la patología del paciente, se debía realizar un tratamiento fibrinolítico.
Tras realizarse la intervención, la familia se enteró de que no funcionaba la sala de radiología donde se coloca el catéter. Pasaron al paciente a la Unidad de Vigilancia Intensiva, porque era necesario un control estricto una vez que comenzara la fibrinólisis y un control a las 24h de este procedimiento para ver su evolución.
A pesar de que el paciente se quejaba de dolor intenso desde el mismo momento que salió del quirófano después del implante del catéter, el personal que lo tenía a su cuidado no le proporcionó la pauta necesaria que les era exigible.
Tampoco se tomaron medidas efectivas cuando el paciente comenzó a manifestar a las pocas horas desorientación, agitación psicomotora, que no cedía a las medidas habituales.
A pesar de que la familia del paciente demandaba asistencia, y en concreto su hija médico insistía en la anormalidad del proceso, los médicos responsables restaron importancia al deterioro progresivo del enfermo sin realizar ningún abordaje terapéutico.
El paciente continuó con aumento de dolor en el cuello, desorientación, agitación psicomotora y ello a pesar de la sedación intensa y de los opiácidos que le estaban administrando.
No obstante, no se planteó ninguna prueba diagnóstica. “Existió una grave ausencia en el seguimiento del paciente por parte del servicio de cirugía vascular, dado que no pasaron a verlo desde el día del ingreso (5 de julio) hasta el día 7 por la mañana. Los cirujanos vasculares, encontraron al paciente somnoliento, desorientado, con una tetraplejia flácida y tetraparesia. La situación del paciente era tan evolucionada que las posibilidades de realizar tratamiento quirúrgico efectivo fueron escasas, falleciendo el 13 de julio de 2015”, señala la Asociación ‘El Defensor del Paciente’.
Por lo tanto, el SACYL ha reconocido que existió una disfunción asistencial al no realizar un control adecuado del paciente. Igualmente, para Carmen Flores, Presidenta de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, la decisión de la Consejería “es acertada al reconocer la deficiente asistencia sanitaria prestada”.
La defensa del caso ha sido ejercida por el abogado Santiago Díez Martínez, del despacho SDS Legal, especialistas en derecho sanitario y adscritos a los servicios jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’.