Como viene siendo habitual en los últimos años por estas fechas, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto en marcha una campaña de concienciación sobre el riesgo que supone el consumo de sustancias psicoactivas y la conducción, en una época del año en la que el consumo de alcohol y de otras drogas aumenta debido a las comidas y cenas navideñas.
Durante una semana, desde el pasado día 10 y hasta el próximo 16 de diciembre, los agentes del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Salamanca intensificarán los controles sobre este factor de riesgo causante de casi un tercio de los accidentes mortales.
En Salamanca se realizará una media de 350 controles al día entre el 10 y el 16 de diciembre. En los dos primeros días ya se han efectuado 600 y han salido cuatro positivos (tres en alcohol y uno en drogas). «Diciembre es, con diferencia, el mes con mayor prevalencia en alcohol y drogas, según dijo este miércoles el jefe provincial de Tráfico, Miguel Moreno.
En todo el 2017 se realizaron en Salamanca 83.000 controles de alcoholemia en las carreteras de Salamanca con 550 positivos, señaló Moreno. También se efectuaron 1.500 de drogas con 89 resultados positivos.
El año pasado murieron 15 personas en las carreteras de la provincia y se espera que este año se registre una cifra similar, según el jefe provincial.
Debido a la preocupación que en la Unión Europea se tiene sobre los efectos de estas sustancias psicoactivas en la conducción, esta campaña se desarrolla de forma simultánea en 25 países europeos a través de la Organización Internacional de Policías de Tráfico (TISPOL).
Muy castigado por la ley
A la hora de conducir, la presencia de alcohol y otras drogas en el organismo está muy castigada por la Ley.
Vía administrativa: La Ley de Seguridad fija las tasas máximas de alcohol permitidas para los conductores. Así como la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo.
Tasas máximas del alcohol permitidas
CONDUCTORES |
LÍMITE EN SANGRE |
LÍMITE EN AIRE ESPIRADO |
(1) GENERAL |
0’5 gr./l |
0’25 mg/l |
(2) PROFESIONALES |
0’3 gr./l |
0’15 mg/l |
(3) NOVELES |
0’3 gr./l |
0’15 mg/l |
Sanciones
La Ley de Seguridad Vial contempla para los conductores reincidentes, tomados como tales aquellos que hubieran sido sancionados en el año inmediatamente anterior por dar positivo a alcohol, la sanción de 1.000€.
Esta misma sanción de 1.000€ se aplica también a aquellos conductores que circulen con una tasa que supere el doble de la permitida.
TASA | SANCIÓN | |
ALCOHOL |
Más de 0,25mg/l y hasta 0,50mg/l
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500 euros y 4 puntos |
Más de 0,50 mg/l |
1.000 euros y 6 puntos |
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Reincidentes | 1.000 euros y 4 o 6 puntos (dependiendo de la tasa dada) |
En el caso de las drogas, la ley prohíbe conducir con presencia de drogas en el organismo del conductor, quedando excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica. Esta infracción catalogada como muy grave está castigada con una sanción de 1.000 € y la retirada de 6 puntos.
PRESENCIA DE DROGAS |
1.000 euros y 6 puntos |
Vía Penal: El capítulo IV del Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico y establece las siguientes penas para conducir con exceso de alcohol o bajo la influencia de drogas.
DELITO | PENAS | |
ALCOHOL |
Tasas superiores a:
– 0.60 mg/l en aire. – 1,2 gr/l en sangre.
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Prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años. |
Negativa a someterse a las pruebas. | Prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años |
DELITO | PENAS | |
DROGAS |
Conducir bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas
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Prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años. |
Negativa a someterse a las pruebas | Prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años |