Absuelto el padre que había creado dos perfiles falsos en la red social Instagram para chatear con su hija de 14 años y pedirle fotos de carácter sexual. Según la sentencia, no se ha probado que la adolescente enviara ninguna imagen erótica.
Tal y como incluye la sentencia del magistrado del Juzgado de lo Penal Nº2 de Avilés y como ha mantenido el abogado de la defensa, «en ningún momento la menor de 14 años envió ninguna foto desnuda ni erótica a su padre, y por supuesto tampoco se ha publicado por parte del padre».
«La actitud de mi cliente, reconocida en la sentencia como poco ética dentro de la patria potestad, no constituye delito de abuso sexual, porque queda demostrado que la actitud del padre se produce cuando ve en Instagram que su hija sube fotos inapropiadas a la red pública», ha asegurado el abogado defensor, quien se ha mostrado satisfecho con el fallo del tribunal.
El letrado ha añadido que el progenitor «fue descubierto por su hija y bloqueado en Instagram porque no se ocultó mucho en su perfil falso».
A pesar de los hechos, la relación entre padre e hija era considerada normal, algo que la propia menor ha reconocido en el juicio. «El problema ha sido la falta de comunicación entre los padres, que llevan 13 años sin hablarse», ha explicado el abogado, «la madre se asustó cuando su hija le contó que chateaba con su padre por Instagram, y hemos llegado a esto, pero de ahí a que hubiese delito de abuso sexual hay un mundo, y el juez así lo ha entendido».
La sentencia, sin embargo, no es firme. La acusación particular tiene un plazo de 10 días para recurrir ante la Audiencia Provincial. «Esta tarde me reuniré con la familia y veremos qué decisión tomamos, aunque lo único que puede decir es que estoy sorprendida por la sentencia», ha comentado la abogada de la acusación.