La justicia respalda a la guardería que negó la matrícula a un niño sin vacunar

Este hecho pone en peligro la salud de los otros menores
vacuna gripe

Una guardería municipal de la comarca barcelonesa del Maresme se negó a matricular a un niño que no estaba vacunado por el peligro que pudieran correr los otros menores. La magistrada del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº16 de Barcelona dictó una reciente sentencia que da la razón al centro infantil.

 

La juez, Laura Mestres, considera que la no vacunación es «una opción minoritaria que pretende sobrepasar al derecho a la salud del resto de niños y sus familias». En la sentencia, emitida el pasado 8 de enero, se defiende que, al querer matricular al niño, los padres «olvidan los derechos de los demás, ya que entienden que su derecho a asistir a una guardería es superior al derecho a la salud del resto de niños».

El conflicto surgió tras la denuncia de la familia del menor contra el Ayuntamiento de la localidad, interpuesta el pasado 31 de mayo. Los padres apelaban al derecho de libertad ideológica al decidir no vacunar a su hijo, argumentando que dicho derecho debía ser respetado mediante la neutralidad de las decisiones de la Administración en materia de religiones, credos y creencias.

En este sentido, la magistrada señaló que «no existe indicio de vulneración de libertad ideológica», dado que a la familia «no se le ha obligado en ningún momento a vacunar a su hijo, lo que sí es obligatorio con régimen sancionador en países de nuestro entorno democrático». Además, considera que las personas que no vacunan a sus hijos «a su vez aprovechan los efectos de la protección grupal que se fundamenta en que el 95% de la población está inmunizada gracias al cumplimiento del calendario vacunal».

El jefe de pediatría del Hospital Vall d’Hebron de Barcelona, Carlos Rodrigo Gonzalo de Llíria, testificó en el procedimiento explicando que la guardería «es un lugar de riesgo donde se pueden contraer determinadas infecciones propias de la condición de los niños, que son muy pequeños y están en proceso de vacunación, por lo que son más vulnerables».

Por su parte, los demandantes explicaron que «los perjuicios de vacunar al menor superan a los beneficios» presentando varios documentos sobre los efectos secundarios y adversos de las vacunas. El pediatra refutó los argumentos y explicó que «ninguna institución pública, gobierno, administración pública, ni comité o sociedad científica o del ámbito de la salud de reconocido prestigio apoya la tesis de los antivacunas, sino todo lo contrario».

Además, la familia defendió que la normativa de la guardería municipal solicitaba la presentación de la cartilla vacunal sin precisar que debía estar al día. La cartilla que ellos presentaron estaba en blanco, por lo que el tribunal entiende que «supone una reducción al absurdo del sentido de la normal, de su espíritu y lógica» y «no certifica nada».

El abogado del Consistorio ha manifestado que, aunque «existe cierta jurisprudencia en la que se defiende la necesidad de la vacunación», esta sentencia «lo hace con parámetros más amplios que se pueden aplicar a toda la población».

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