CSIF logra una condena ejemplar a Zara

Por discriminar a dependientas con reducción de jornada por cuidado de hijos
La grúa instalada en la inmediaciones de Zara, en la plaza del Liceo para limpiar los miradores.

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, ha ganado una sentencia a la empresa multinacional Zara por discriminar a 16 trabajadoras, al prohibirles hacer uso de su reducción de jornada por cuidado de hijos menores de edad, un derecho laboral fundamental recogido en el Estatuto de los Trabajadores.

 

CSIF se felicita de esta sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Almería, que condena a Zara por vulneración de derechos fundamentales, así como a reubicar a las trabajadoras con su reducción de jornada y a una indemnización de 6.250 euros. Se trata de una sentencia ejemplar que pone en la diana abusos empresariales en un sector altamente feminizado como son las cadenas de tiendas de moda y que tiene especial relevancia, teniendo en cuenta la próxima celebración del 8 de Marzo, Día Internacional de la Mujer.

CSIF como agente activo de la sociedad civil, desde su independencia y en el ámbito de responsabilidad sindical que le corresponde, participa y acompaña a la sociedad española en esta movilización, tanto en el ámbito de la empresa privada, donde cada vez estamos más presentes, como en nuestro papel de liderazgo en las Administraciones Públicas.

Los hechos se remontan al pasado mes de octubre, cuando Zara decidió cerrar su tienda en el Centro Comercial Mediterráneo para abrir una nueva tienda en el nuevo Centro Comercial Torrecárdenas.

De una plantilla de unos 40 trabajadores, 16 de ellas tenían reducida su jornada laboral por cuidado de hijos menores de edad, a las cuales no se les permitió trasladar su horario laboral a las nuevas instalaciones de la multinacional.

En estas circunstancias, la empresa les ofreció la posibilidad de modificar su horario para que pudieran trabajar los fines de semana (fundamentalmente viernes por la tarde y sábados) que es cuando se preveía una mayor afluencia de público y de volumen de ventas (“por lo que se necesitaban trabajadores con un perfil determinado”), o en su caso serían enviadas a un centro de trabajo en otra localidad (a 25 kilómetros) o a otra tienda de previsible cierre, ofreciéndoles una salida indemnizada.

Finalmente, como no accedieron a trabajar los fines de semana, fueron trasladadas a estos dos últimos centros, lo que motivó la denuncia de CSIF.

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