El Consejo de Ministros ha aprobado un paquete de medidas urgentes que amplía la protección social, establece diversos incentivos para la empleabilidad y garantiza la calidad en el empleo.
Entre las novedades, destaca la recuperación de la edad de 52 años para el subsidio por desempleo, el incremento de la cuantía de las prestaciones familiares y de la pensión mínima de Incapacidad Permanente Total para quienes tienen menos de 60 años.
Los parados mayores de 52 años podrán acceder al subsidio por desempleo que hasta ahora se reservaba a los mayores de 55 años. Esta prestación, que beneficiará a cerca de 380.000 personas, podrá percibirse hasta que se cumpla la edad ordinaria de jubilación, y no hasta el momento en que se pueda acceder a cualquier modalidad de pensión contributiva de jubilación, como ocurría hasta el momento.
Asimismo, se deja de tener en consideración la renta familiar para el acceso al subsidio; se incrementa la cuantía de la cotización por la contingencia de jubilación del 100% al 125% durante la percepción del subsidio, y se eliminan los porcentajes aplicables a la cuantía del subsidio cuando proviene de un trabajo a tiempo parcial.
El subsidio para mayores de 55 años es una ayuda mensual de 430 euros que el trabajador en paro cobra hasta que alcanza la edad de jubilación que le permite acceder a una pensión contributiva, con independencia de su modalidad, lo que en la práctica se traduce en jubilaciones anticipadas forzosas y, por tanto, en pensiones de menor cuantía. Esta medida entrará en vigor al día siguiente de la publicación del real decreto en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Igualmente, a través de este decreto ley se incrementa la duración máxima del subsidio, de forma que los beneficiarios podrán seguir percibiéndolo si no encuentran empleo hasta que les llegue la edad de jubilación.