Anula el acuerdo de la Junta, de septiembre de 2017, por lo que el núcleo poblacional volverá a pertenecer al municipio salmantino de El Cerro
ICAL. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) anuló, en la sentencia emitida el pasado 11 de abril, la declaración del núcleo poblacional salmantino de Valdelamatanza como Entidad Local Menor, establecido por acuerdo de la Junta de Castilla y León el pasado 7 de septiembre de 2017.
En la sentencia, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCyL afirma que «no existe ningún informe de la Administración autonómica», como parte autorizada para determinar la creación de la Entidad Local Menor, «que justifique que su constitución sea la opción más eficiente para la administración desconcentrada ni que tenga los recursos necesarios para el cumplimiento de sus fines», lo que, según el Alto Tribunal regional, «va en contra del espíritu y la finalidad de la Ley de Bases de Régimen Local», vigente hoy en día.
Además, en la sentencia se explicita que Valdelamatanza «no tiene bienes comunales, son bienes patrimoniales del municipio», y que la delimitación realizada de la Entidad Local Menor «no cuenta con un territorio claramente delimitado en que se encuentren los bienes y derechos peculiares y propios de esos vecinos del núcleo, distintos de los comunes del municipio que justifiquen la constitución de la Entidad Local Menor».
Por ello, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCyL anula la declaración del núcleo poblacional de Valdelamatanza como Entidad Local Menor y lo reinserta en el municipio salmantino de El Cerro, en una sentencia ante la que se puede interponer recurso de casación en el plazo de 30 días desde su notificación a las partes.