Las autoridades laborales recibieron 21.357 solicitudes de expedientes de regulación temporal de empleo (ERTEs) de empresas con centros de trabajo en Castilla y León desde el lunes 16 de marzo, hasta las 14 horas de este jueves, en el contexto del estado de alarma decretado por el coronavirus covid-19. Estos trámites afectan a un número potencial de 112.170 trabajadores en la Comunidad, según informó la Junta.
Los ERTEs presentados a efectos administrativos ante las nueve oficinas territoriales de trabajo (OTT) y la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería de Empleo e Industria se reparten entre los 4.613 en Valladolid, para 19.168 personas; León, con 4.421 y 15.578 trabajadores; Salamanca, con 2.899 y 10.387; Burgos, con 2.687 ERTEs y 14.505 trabajadores; Segovia, con 1.616 ERTEs y 7.143; Zamora, con 1.521 y 5.277; Palencia, con 1.282 y 5.939 trabajadores; Ávila, con 1.197 y 4.748; y Soria, con 901 ERTEs y 5.069 personas.
A ellos se suman los 220 recibidos ante la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería de Empleo e Industria, que afectan a 24.356 trabajadores.
Igualmente, la Consejería de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior informó de que ha incorporado un nuevo contenido en el portal web de la Junta para facilitar una visualización clara de la evolución de los ERTEs recibidos en la Comunidad y su impacto potencial sobre el empleo en el contexto de la crisis del coronavirus covid-19.
Conforme a la normativa vigente, las autoridades laborales competentes para tramitar estos expedientes de regulación son las oficinas territoriales de Trabajo de Castilla y León cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en el territorio de una provincia.
Además, la Consejería de Empleo e Industria se encarga en tres supuestos, cuando los trabajadores desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en el territorio de una provincia, pero tenga más de 200 trabajadores afectados; cuando éstos desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en el territorio de dos o más provincias de Castilla y León; y cuando el procedimiento afecte a trabajadores que desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo situados en el territorio de dos o más comunidades autónomas, pero el 85 por ciento de la plantilla de la empresa, como mínimo, radique en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León y existan trabajadores afectados en la misma.
Por último, el ministerio con competencias en el ámbito laboral, se encarga de los expedientes cuando la empresa disponga de centros de trabajo en dos o más comunidades autónomas.