Sanción en Salamanca por “escupir de forma reiterada a los pies de los agentes”

La multa, de 250 euros, tuvo lugar a las 21.30 horas del pasado 29 de febrero en la calle Zamora, esquina Vázquez Coronado
La calle Zamora.

Nueva sanción en Salamanca por una conducta inapropiada ante los agentes de la Policía Local; en concreto, en esta ocasión, la multa ascendió a 250 euros por “escupir de forma reiterada a los pies de los agentes”, según recoge la Resolución Oficial: 

 

“Los Servicios Técnicos Municipales han elevado a esta Alcaldía los Informes emitidos por la Policía Local y el Técnico de Administración General del Servicio de Policía y Actividades Clasificadas, dejando constancia de la presunta comisión de una infracción de carácter leve contemplada en la Ley Orgánica 4/2015, de 30 Marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana e imputable al/a la interesado/a, en la persona de su representante legal, consistente en las faltas de respeto y consideración cuyo destinatario sea un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones de protección de la seguridad, cuando estas conductas no sean constitutivas de infracción penal, en particular, escupir de forma reiterada a los pies de los agentes actuantes cuando desarrollaban su actuación y solicitaban su identificación, circunstancia acaecida y puesta de manifiesto por la Policía Local el día 29 de febrero de 2.020, a las 21,30 horas, en la calle Zamora s/n esquina Vázquez Coronado de Salamanca, infracción que podría ser sancionada con multa de entre 100 y 600 euros, según contemplan los artículos 37.4 y 39.1 de la referida Ley Orgánica”.

Así, se puso “en conocimiento del/de la interesado/a que la sanción a imponer con carácter general en caso de que resulte acreditada su responsabilidad con relación al comportamiento imputado, será en forma de multa por importe de 250 euros, en ausencia de situaciones de reincidencia u otras agravantes/atenuantes de su responsabilidad que no se aprecian en principio a la hora de incoar el presente expediente sancionador”.

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