El límite de velocidad será 30 kilómetros por hora en la mayoría de las calles en todas las ciudades de España, algo que será una realidad a finales de la próxima primavera. Otras novedades para 2021 son que los patinetes sólo podrán ir en zonas urbanas y a 25 kilómetros por hora como máximo, los coches y las motos no podrán superar en 20 kilómetros por hora el límite para adelantar en vías convencionales, y aumentará de tres a seis la pérdida de puntos por conducir indebidamente con el teléfono móvil y de tres a cuatro por no llevar puesto el cinturón de seguridad o el casco.
Servimedia / ICAL.- Todo ello forma parte de un paquete normativo aprobado este martes por el Consejo de Ministros y que, en conjunto, modifica sustancialmente la legislación de tráfico y circulación para generar un nuevo modelo de seguridad vial alineado con la Unión Europea y las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para reducir un 50 por ciento el número de fallecidos y heridos graves en accidentes de tráfico hasta 2030. Así que en un solo día se ha dado luz verde al grueso de los cambios legales en los que llevaba trabajando la DGT durante los dos últimos años.
El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, comentó que el objetivo principal de ese paquete es «salvar vidas» y erradicar la «violencia vial», y apuntó que esas medidas se han adoptado antes de que este domingo se celebre el Día Mundial en Recuerdo de las Víctimas de los Accidentes de Tráfico.
Lo primero que entrará en vigor -al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE)- es una reforma del Reglamento General de Conductores que rebaja a de 21 a 18 años la edad para conducir camiones con el correspondiente Certificado de Aptitud Profesional (CAP) con 280 horas, y también a 18 años para conducir autocares sin pasajeros y en un radio máximo de 50 kilómetros (en el resto de los casos, se mantienen los 21 años).
Otra pata del paquete legislativo es un real decreto sobre medidas del tráfico urbano que modifica tanto el Reglamento General Circulación como el Reglamento General de Vehículos. Esa norma fija tres límites genéricos de velocidad en las vías urbanas (actualmente hay uno y es de 50 kilómetros por hora): 20 kilómetros por hora para las calles de plataforma única de calzada y acera, 30 kilómetros por hora para las de un único carril por sentido de circulación y 50 kilómetros por hora para las de dos o más carriles por sentido.
Esos nuevos límites entrarán en vigor seis meses después de la publicación de ese real decreto en el BOE, lo que podría ser una realidad a finales de la próxima primavera. Y supondría que la mayoría de las calles rebajen el tope de 50 a 30 kilómetros por hora. «La experiencia nos demuestra que bajar la velocidad de 50 a 30 km/h disminuye cinco veces el riesgo de fallecer como consecuencia de un atropello», comentó Marlaska, antes de agregar que esa medida «no ralentiza el tráfico urbano» y «no impide la fluidez de la circulación».
El real decreto regula los vehículos de movilidad personal (como los patinetes eléctricos), definidos como vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima comprendida entre seis y 25 kilómetros por hora. Por tanto, quedan excluidos los vehículos para personas con movilidad reducida.
Los vehículos de movilidad personal no podrán circular por las aceras y por las zonas peatonales. tendrán que cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos y queda también vedada su circulación en vías interurbanas, travesías, así como autopistas y autovías que transcurran dentro de poblado ni en túneles urbanos. Es decir, sólo podrán ir en áreas urbanas. Esos aspectos relativos a patinetes eléctricos y otros vehículos similares entrarán en vigor el próximo 2 de enero.
Además, la DGT aprobará un manual de características de los vehículos de movilidad personal. A los 24 meses de su publicación, será obligatorio tener un certificado para circular con ellos.
Marlaska indicó que el año pasado hubo una reducción de casi un siete por ciento en las víctimas en accidentes de tráfico en carretera y un incremento de casi ese mismo porcentaje en cuanto a los siniestros en las ciudades.
Permiso por puntos
El tercer elemento central de lo aprobado hoy es un anteproyecto de ley que reforma algunos aspectos del permiso por puntos que figura en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, cuya entrada en vigor se pospone ‘sine die’ porque deberá volver al Consejo de Ministros para su remisión al Parlamento, que dará luz verde definitiva al texto en una fecha sin determinar.
El Gobierno propone aumentar los puntos a detraer por comportamientos que generan más riesgo para la conducción e impulsar los cursos de conducción segura como fórmula para mejorar la formación vial de los conductores.
Así, conducir sujetando dispositivos de telefonía móvil con una mano supondría seis puntos menos (en vez de los tres actuales) y no llevar puesto el cinturón de seguridad, el sistema de retención infantil, el casco y otros elementos de protección restaría cuatro puntos en el permiso (en lugar de los tres de ahora).
Además, sería una infracción grave llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros (500 euros de sanción y tres puntos menos). Ahora está sancionado su uso durante la conducción, pero la DGT indica que los conductores los desactivan ante un control vial para que los agentes acrediten su utilización.
La reforma suprimiría la posibilidad de que coches y motos puedan superar en 20 km/h el límite de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos. Esta medida ya se aplica en otros países de la UE y la DGT pretende reforzar el mensaje de que adelantar conlleva un riesgo de colisión frontal.
El anteproyecto de ley ofrece recuperar dos puntos por hacer un curso de conducción segura certificado por la DGT, se unifica en dos años el plazo sin infracciones para recuperar el saldo inicial de puntos (ese periodo fluctúa ahora según la gravedad de la infracción) y se incluye como nueva infracción muy grave cometer fraude en los exámenes de conducir usando dispositivos de intercomunicación no autorizados (sanción de 500 euros y seis meses sin poder presentarse al examen).
Además, se prevé el acceso online al registro de conductores para las empresas de transporte de personas y de mercancías con el fin de que conozcan si el permiso de conducir de sus trabajadores está en vigor; sólo se informará en verde o en rojo, según si está vigente o no.