La exjefa de los comandos ‘legales’ de ETA, Soledad Iparraguirre Guenechea ‘Anboto’, deberá indemnizar a la Junta de Castilla y León por los gastos de asistencia sanitaria ocasionados por el atentado terrorista que ‘Anboto’ ordenó en León contra el comandante del Ejército de Tierra, Luciano Cortizo Alonso, el 22 de diciembre de 1995 a las 13.20 horas.
Ical.- El atentado de la banda terrorista ETA consistió en la colocación de una bomba en los bajos de un coche que explosionó ante el semáforo situado en la calle Ramón y Cajal, a la altura de la confluencia de las calles Renueva y Abadía. En él, falleció Cortizo Alonso y resultó gravemente herida su hija, que iba de copiloto en el vehículo, además de otras cuatro personas que transitaban por las inmediaciones.
Ahora, la sentencia de 3 de febrero de 2021 del Tribunal Supremo, que ratifica la previa de la Audiencia Nacional de 22 de julio de 2020, condena a la etarra ‘Anboto’ a 122 años de prisión como responsable de un delito consumado de atentado terrorista contra miembro de las Fuerzas Armadas y de otros cuatro delitos frustrados de asesinato terrorista por ordenar la acción y suministrar el material explosivo para confeccionar el artefacto con el que se cometió el atentado.
Con la apertura de la causa en la Audiencia Nacional, los Servicios Jurídicos de la Junta de Castilla y León se personaron en el proceso como acusación particular, adhiriéndose a las peticiones de penas solicitadas por el Ministerio Fiscal, y reclamando el abono como indemnización de los daños y perjuicios causados a la Administración autonómica de los gastos ocasionados a la Sanidad pública por las atenciones médicas y hospitalarias de todos los heridos