El Juzgado de lo Contencioso administrativo número 1 de Salamanca anuló la sanción impuesta por la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León a la sociedad ‘Cien por Cien Pata Negra’, ubicada en Guijuelo, por infundir a error con su etiquetado sobre las características del producto, tras una denuncia de Facua
ICAL. Asimismo, la sociedad, según la documentación consultada por Ical, recurrió a la justicia la sanción administrativa de la Junta, que le impuso una multa de de 1.301 euros, tras haber presentado otro contra la resolución de 5 de septiembre de 2019 ante la Dirección General de Competitividad de la Industria Agroalimentaria y de la Empresa Agraria, que también lo desestimó.
La sentencia indica que la denominación ‘Cien por Cien Pata Negra’ no induce a error al figurar con las letras S.L., que indican que corresponde a una sociedad mercantil. Por ello, anula la sanción de 1.000 euros, pero mantiene la de 301 euros por no incorporar información nutricional en la etiqueta.
«No se está incluyendo en la etiqueta indicaciones falsas del producto o que induzcan a confusión en el usuario, sino lo que se ha incluido en la etiqueta es la denominación social de la empresa con las siglas SL», recoge el fallo.
La denuncia se inició al detectar Facua Córdoba la venta de jamones de la marca ‘Tabernero’, propiedad de ‘Cien por Cien Pata Negra S.L.’, en la cadena de supermercados CashFresh, en cuyo etiquetado se mostraba la denominación de la sociedad.