El Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 7 de mayo de 2021, aprobó las Bases Reguladoras y la Convocatoria de Ayudas de pago único por nacimiento y/o adopción de hijo/a durante el ejercicio 2021, Cheque Bebé.
La Convocatoria ha sido publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca (BOP) nº96, de 21 de mayo.
Los requisitos que deben cumplir los/a solicitantes para poder percibir la ayuda de pago único (500,00 €), son los siguientes:
- Acreditar el empadronamiento de toda la unidad familiar en la localidad, con antigüedad de al menos un año anterior a la fecha del nacimiento y/o adopción del menor.
- No tener expediente de absentismo escolar por parte de otro/s hijos/as de los solicitantes durante el curso académico.
- Carecer de deudas tributarias con el Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo, con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social.
- Los ingresos de la unidad familiar no deben superar los 720,00 € mensuales, renta per cápita (por miembro unidad familiar).
Los plazos para presentar la solicitud, junto con la documentación requerida al efecto, son los siguientes:
- Para nacimientos y/o adopciones producidos entre el 1 de Enero y el 21 de mayo de 2021, el plazo de presentación de la solicitud finaliza el 24 de junio de 2021.
- Para nacimientos y/o adopciones a partir del 21 de mayo, el plazo será de dos meses a contar desde la fecha de nacimiento y/o adopción.
Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General municipal, bien de forma presencial o, preferiblemente, a través de Sede Electrónica del Ayuntamiento: https://ciudadrodrigo.sedelectronica.es/
Pueden consultar la Bases en la página web del Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo: www.ciudadrodrigo.es o bien informarse en las oficinas municipales, Plaza Mayor, 27 (Lourdes), previa petición de cita a través de la sede https://ciudadrodrigo.sedelectronica.es/citaprevia, (no es necesario certificado digital), o bien llamando al teléfono 923498400 o al 664436040.
La subvención recibida deberá ser justificada en el plazo de tres meses desde el acuerdo de concesión, mediante la presentación del Anexo II de las Bases, junto con facturas correspondientes a los gastos.
Podrán presentarse facturas de gastos efectuados hasta tres meses antes del nacimiento del bebé (por ejemplo, en el caso de adquisición de capazos, sillas de paseo, cunas, etc.), también mediante su presentación en el Registro General.