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La Guardia Civil concluye que el incendio de Navalacruz se descontroló porque el helicóptero llegó tarde

El juez archiva la causa y considera que “no puede proceder” contra los responsables de Emergencias por la vía penal “porque activaron, aunque fuera con retraso, a los bomberos de la zona”
Incendio en Navalacruz (Ávila)
ICAL. El coche ardiendo que originó el macroincendio en Navalacruz (Ávila)

El Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil concluyó en un informe que el incendio que este verano arrasó más de 20.000 hectáreas en la Sierra de Ávila, y que se originó en la localidad de Navalacruz, se descontroló porque el helicóptero tardó 14 minutos en llegar al lugar

ICAL. “Existió, visto el tiempo de reacción de la aeronave, posibilidades de que el incendio no hubiera llegado a producirse o su dimensión hubiera sido mínima”, señala el informe, sobre el que el titular del Juzgado de Instrucción número 5 de Ávila acordó el sobreseimiento provisional de las pesquisas. En todo caso, el juez consideró que “se ha actuado conforme a los protocolos establecidos para cada tipo de incidente, a saber, el incendio de un vehículo y un incendio forestal, activando o dando aviso a los medios u organismos correspondientes en cada caso, y actuando los medios movilizados con la máxima celeridad que les ha sido posible, teniendo en cuenta su disponibilidad y distancia al lugar de los hechos”.

Añade el juez que “no puede proceder” contra los responsables de Emergencias porque actuaron según los protocolos y, por este motivo, al no haberse podido acreditar la comisión de delitos, se decreta el archivo de la causa, que había sido impulsada por numerosos afectados de la zona y sindicatos de bomberos, que achacaban a las autoridades una “dejación de funciones”.

El juez también cita en su argumentación el informe realizado por el Seprona, que señala que “no se puede culpabilizar al conductor del automóvil siniestrado de la ocurrencia del incendio forestal por el hecho de estacionar el mismo fuera de la vía”, ya que es una maniobra a una “reacción instintiva o intuitiva del conductor, ya que actuó tal y como establece la normativa al respecto, dejando libre la calzada para el resto de usuarios”.

Además, el juzgado recordó en la sentencia que existe jurisprudencia establecida por la Audiencia Provincial de Guadalajara en diferentes autos por los cuales dejó sin efecto el procesamiento de varios altos cargos acordado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Sigüenza, con motivo del incendio forestal iniciado el 16 de julio de 2005 en Riba de Saelices, el cual afectó a once municipios y 12.874,68 hectáreas, y ocasionó el fallecimiento de once trabajadores del retén de bomberos.

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