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Condenado un lotero de C. Rodrigo por apropiarse de 236.000€ de la recaudación

Él y su socia tuvieron que malvender el negocio para saldar deudas son Selae
audiencia provincial
Audiencia Provincial de Salamanca.

La Audiencia Provincia de Salamanca ha condenado a tres años y medio de cárcel a un lotero de Ciudad Rodrigo por apropiarse de 236.000 euros de la recaudación.

El acusado era socio y administrador solidario de la empresa que explotaba una administración de loterías en la calle Cardenal Pacheco de Ciudad Rodrigo.

La gestión material del negocio de lotería reseñada, se fue realizando por turnos de semanas alternas entre ambos, hasta que tras los hechos acaecidos en el año 2013 y principios del 2014, cuando el procesado ya se quedó con 57.00 euros, procedieron de mutuo acuerdo, el 16 de mayo de 2014, a la firma del documento «Normas para el buen funcionamiento y gestión de la administración de lotería».

 En virtud de referido documento ambos socios establecieron un sistema de gestión por turnos anuales de manera que durante el periodo anual que cada uno de ellos estuviera al frente de la administración de lotería, sería de su exclusiva responsabilidad los resultados de dicha gestión, sin que el otro socio pudiera interferir en la administración.

Al propio tiempo establecieron que la contabilidad, libros fiscales, cuentas, impuestos y cuantas obligaciones contables, fiscales y de Seguridad Social correspondieran a la sociedad se encomendaban con independencia de a quien le correspondiera el turno de gestión y trabajo efectivo en la administración de lotería, a una asesoría de C. Rodrigo.

De acuerdo con lo pactado por los socios, el primer turno anual de gestión y trabajo le correspondió tras el sorteo realizado a la socia del procesado, estando ésta al frente de la gestión de la administración de lotería desde el 19 de mayo de 2014 hasta el 16 de Mayo de 2015, cesando en el último día de trabajo de la semana 20/15. Iniciando en ese momento el turno de trabajo el ahora condenado.

En ese mismo día y con carácter previo al inicio del turno anual del procesado, la socia presentó las cuentas de la gestión realizada y tras las comprobaciones oportunas realizadas por el procesado, se procedió a cambiar cerradura de la puerta de acceso al interior de la administración de lotería entregándole el cerrajero las copias de todas las llaves de la nueva cerradura al procesado, quien firmó el documento mostrando su conformidad con el resultado de la gestión anual de la administración realizada por su socia.

A partir de ese momento el acusado fue detrayendo parte del dinero recaudado en el establecimiento con la venta de lotería y otros juegos de modo que llegada la liquidación remitida el 22 de Diciembre de 2015 por Selae y correspondiente a la semana 51de 2015 que contenía las ventas correspondientes al sorteo extraordinario de Navidad, Selae procedió a detraer de la cuenta de la que es titular, el importe de la liquidación, 187.580 euros.

No había en la cuenta saldo suficiente para detraer por parte de Selae el recibo de la liquidación, constando igualmente dos apuntes, solo 54.793 euros, por lo que faltaba por abonar a Selae el importe de la cobertura de impagados que ascendía a la cantidad de 132.787,59 euros. Como consecuencia de todo ello Selae suspendió la actividad del terminal.

La situación creada por el acusado obligó a la socia a aceptar la transmisión de la titularidad del punto de venta a un tercero, aunque fuera a la baja, y con ese dinero poder pagar las liquidaciones impagadas y las que faltaban por pagar (correspondientes al Sorteo del Niño de la Semana 1/16).

El precio pactado de venta fue de 200.000 euros, entregados mediante trasferencias a cuenta del Selae y de la sociedad anterior. El acusado no solo detrajo en su propio beneficio la cantidad de la liquidación de la semana 51/15 que fue abonada mediante transferencias en la cuenta de Selae, también el dinero que a la empresa le permitía el funcionamiento y liquidez para poder hacer frente a los pagos de premios y al normal desarrollo de la actividad, pagos de impuestos así como todos los beneficios correspondientes al ejercicio 2015 de la sociedad, que provienen de las comisiones que abona Selae.

El acusado en los meses que estuvo al frente del negocio alteró los datos de tesorería apropiándose de dinero en caja cuantificado por el técnico en 236.654 euros.

Como consecuencia de los hechos descritos supra la socia denunciante ha perdido el negocio del que era cotitular y su forma de vida.

Por todo ello, el tribunal condena al acusado como autor criminalmente responsable de un delito continuado de apropiación indebida agravado por la cuantía, concurriendo la circunstancia atenuante ordinaria de dilaciones indebidas, a la pena de tres años y medio de prisión y a indemnizar a la sociedad que tenía con su socia la cantidad de 236.654euros más interés y a su socia con otros 30.000 euros.

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