Tres años y medio por abusar de su nieta menor y discapacitada

Aprovechaba que la tenía a su cuidado para consumar sus intenciones
audiencia provincial
La entrada de la Audiencia Provincial. ARCHIVO.

La Audiencia provincial de Salamanca ha condenado a un hombre a tres años y medio de prisión por abusar en reiteradas ocasiones de su nieta, menor de edad y con una discapacidad psíquica.

El acusado ahora tiene 66 y es abuelo materno de la chica que ahora tiene 16 años, y que padece una discapacidad psíquica del 71%.

Tras el fallecimiento del padre de la chica en 2016, y hasta el 15 de mayo de 2020, ella y sus hermanos menores por las tardes quedaban con frecuencia al cuidado del acusado, en la vivienda de éste.

En múltiples de esas ocasiones, la última de ellas ocurrida el en mayo de 2020, el acusado conducía a su nieta a un dormitorio de la casa alejado de la mirada de otros familiares, o aprovechando la ausencia de estos.

Una vez en el dormitorio, cerraba la puerta y con la luz apagada y ánimo libidinoso, le realizaba tocamientos en el pecho y en los genitales, tanto por fuera como por dentro de la ropa.

Atendida la conformidad del acusado y su reconocimiento de los hechos imputados de forma libre, voluntaria, con aprobación de su letrado y entendiendo que la calificación penal de los hechos es correcta y que la pena es procedente, el tribunal dicta sentencia de conformidad con la calificación del Ministerio Fiscal, toda vez que no hay nada que haga dudar de que dicho consentimiento y aceptación ha sido prestado de forma regular.

Los hechos declarados probados, con la conformidad del acusado, son legalmente constitutivos de un delito continuado de abusos sexuales a una víctima con escaso desarrollo intelectual y trastorno mental y con prevalimiento de relación de parentesco por ser ascendiente.

Por todo ello, lo condena a tres años y seis meses de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, y la pena de prohibición de aproximarse a su nieta, a su domicilio y a su centro escolar en una distancia de 250 metros, y la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio, en ambos casos por un periodo de ocho años.

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