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La historia truculenta de un padre y su hija en Béjar

Condenado por descuidar sus obligaciones , pero el fiscal pedía más por entender que la abandonó descomponiéndose
audiencia provincial
La entrada de la Audiencia Provincial. ARCHIVO.

La Audiencia de Salamanca ha condenado a un hombre de Béjar a cuatro meses de prisión por descuidar a su hija, con discapacidad mental y diversas enfermedades sin tratar. El fiscal pedía penas más duras por considerar que la dejó abandonada y descomponiéndose en su propia casa.

El procesado convivía con su hija en la vivienda de Béjar. La mujer, nacida en 1966, había sido diagnosticada de esquizofrenia a la edad de veinticuatro años, habiendo llegado a tener ingresos psiquiátricos por este motivo y pese a habérsele pautado el correspondiente tratamiento, desde fechas no concretadas, pero aproximadamente desde el año 2012 y hasta  2019, dejó de seguir el tratamiento prescrito lo que condujo a un avance progresivo de su enfermedad y un deterioro evidente de su autonomía, permaneciendo siempre en la vivienda en la que convivía únicamente con su progenitor sin salir a la calle, no acudiendo nunca al médico durante este período para el seguimiento de su enfermedad ni para cualquier otra consulta, no siguiendo tratamiento alguno y siendo su padre, el procesado, el único que salía habitualmente de la vivienda.

El fiscal explicaba en sus conclusiones que el estado de la mujer se fue deteriorando progresivamente por razón de su enfermedad, «lo cual fue fácilmente perceptible por el procesado, quien era plenamente conocedor de la enfermedad mental que padecía su hija, sufriendo durante todos estos años las consecuencias de su grave enfermedad mental sin tratamiento, sin que el procesado hiciera nada para impedirlo», indica.

Igualmente, el ministerio público indicaba que procesado pudo ver la situación de «absoluto abandono en que se sumió su hija, pues era claramente constatable su lamentable estado fruto del deterioro progresivo cada vez más acusado que ponía de relieve la falta absoluta de autonomía de la mujer para alimentarse y asearse, quien dejó de realizar estas tareas, llegando al punto de alimentarse únicamente de bebidas azucaradas, alcanzando un severo estado de desnutrición, perceptible a simple vista. Igualmente, y durante todos estos años, la mujer, como consecuencia de la enfermedad de Diabetes Mellitus que le había sido diagnosticada y para la que tampoco seguía tratamiento alguno y de la falta absoluta de cuidados y control y seguimiento de su enfermedad, fue perdiendo gradual y progresivamente la visión hasta quedarse totalmente ciega, lo cual también fue percibido por el procesado, sin que pese a todas las circunstancias descritas demandara asistencia médica alguna para su hija».

Agrega el fiscal que el procesado durante todo este tiempo no solicitó ayuda médica, «pese a conocer el muy precario y grave estado de salud de su hija, ni le prestó los cuidados oportunos de alimentación e higiene pese a conocer que dependía totalmente de ellos, siendo el procesado su padre y único familiar con el que convivía y mantenía relación».

Además, y pese a haber sido contactado y visitado por los servicios sociales en varias ocasiones, «impidió toda intervención y rechazó todo ofrecimiento de los mismos», asegura el fiscal.

En estas circunstancias, sobre las 21:00 horas del día 8 de febrero de 2019 el procesado solicitó la presencia de un médico en el domicilio en el que convivía con su hija, de cincuenta y dos años en esa fecha. Al acudir al lugar los servicios médicos, el fiscal señala que «encontraron a la mujer postrada en el sofá del salón, tumbada encima de sus propias heces y orina, con su mano derecha totalmente gangrenada fruto de una infección no tratada, con graves dificultades para moverse y fuerte dolor ante cualquier movimiento que realizaba, presentando un estado severo de desnutrición, falta severa de aseo e higiene desprendiendo un fuerte hedor, teniendo sus ropas rasgadas y con gran suciedad».

Ante la gravedad de la situación se acordó su traslado al Hospital Clínico de Salamanca donde ingresó en la Unidad de Cuidados Intensivos por un cuadro de descompensación diabética e infección gangrenosa en mano derecha y tras su estabilización se procedió a cirugía de amputación de tercio medio distal de antebrazo derecho.

Cuando ingresó en el hospital «su estado era caquéctico, de abandono y falta de higiene y con descompensación de su enfermedad mental y metabólica, constatándose que por la esquizofrenia residual que padecía carecía de capacidad volitiva, cognitiva e intelectiva», explicaba el ministerio público.

La perjudicada ha presentado con el paso del tiempo y por falta de tratamiento de la Diabetes Mellitus que padecía las complicaciones que le son inherentes. Luego sufrió una herida en la extremidad superior derecha que no fue tratada, desarrollando una gangrena por la que tuvo que ser intervenida quirúrgicamente y que dio lugar a la necesaria amputación de esa extremidad superior a nivel del tercio medio del antebrazo. La mujer había sido diagnosticada de esquizofrenia muchos años antes, enfermedad que por la ausencia absoluta de tratamiento fue evolucionando durante este tiempo hacia síntomas residuales psicóticos y cognitivos, provocando un deterioro cognitivo y volitivo que hizo que no pudiera gobernarse por sí misma de forma definitiva e irreversible.

Según informe forense, la situación de la mujer «ha sido crítica desde al menos los dos o tres años anteriores a 2019, con abandono total de su persona y falta de los cuidados adecuados, dependiendo enteramente del procesado ya que carecía de capacidad cognitiva y volitiva para su propio cuidado Mediante Auto de 22 de febrero de 2019 del Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Salamanca se acordó el internamiento involuntario de Lorena en la Unidad de Psiquiatría del Hospital Universitario de Salamanca y posteriormente en Centro Asistencial».

La doctora especialista en Psiquiatría que ejerce en la unidad de agudos del hospital donde fue ingresada la perjudicada, declaró en el juicio que la propia mujer se hizo la herida en la mano en estado psicótico y no le dio importancia ni se curó, derivando en gangrena. Durante su internamiento cogió gripe a) severa y le examinaron la vista, que sospecharon que tenía problemas de visión y llamaron al especialista y que este les informó que la ceguera era por la diabetes y la complicación de la herida también, que presenta esquizofrenia residual de larga evolución, que una vez estabilizada le permite hacer una vida normalizada pero recomendaron la incapacitación por presentar síntomas residuales crónicos y tener afectada su capacidad volitiva e intelectiva, que no se sabía si con tratamiento se hubiera podido evitar que fuera residual la esquizofrenia, que a veces se puede controlar con tratamiento, pero no siempre.

En virtud de sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Salamanca de fecha 27 de abril de 2020 se acordó la incapacitación total de la mujer para todos los actos de su vida, tanto en el ámbito personal, como en el ámbito patrimonial, siendo designada tutora la entidad Feclem.

Pese a constar en el historial clínico esquizofrenia (año 2009 ) y cataratas (año 2010) la trabajadora social no le transmitió al centro de salud ningún riesgo, que en ese momento no le dijeron que la incapacidad fuera necesaria ni constaba que fuera diabética.

La mujer perjudicada declaró en el juicio, por su parte, «que se duchaba todos los días, que no la encontraron con ropa sucia, que eso es mentira,… que su padre llamó porque tenía mal la mano, no sabía que tenía diabetes, se enteró después de que le cortaran la mano …que comía con su padre todos los días lo mismo que él …que tomaba mucha Fanta pero también comida, que su padre le insistía para que fuera el médico pero ella no quería, que no tomaba medicación ….toma medicación ahora solo para diabetes ….que ella solo se peinaba y se lavaba y andaba sola todo lo hacia ella sola, antes de la mano veía un poquito, no recuerda cuando dejó de ver …tampoco como se hizo la herida del dedo, La herida se hizo sola … reitera que su padre insistía en que fuera al médico pero que ella no quería, que todo es culpa suya, que tuvo depresión porque la dejó el novio, que no recuerda cuando».

El médico del centro de salud de Béjar que acudió a su casa tras la llamada del padre, declaró que el día 8 de febrero de 2019 estaba haciendo el servicio de guardia en el Hospital Virgen del Castañar de Béjar. Que recibió llamada para acudir al domicilio de la perjudicada. Que el padre llamó diciendo que su hija no quería comer y que no se podía mover. Que al llegar, vio a la mujer tumbada en el sofá y en un estado higiénico sanitario deplorable. Que presentaba una lesión en la mano derecha. Que se apreciaba gangrena en el primer dedo. Y también presentaba caquéctico de desnutrición. Que esta situación se habría producido durante meses. Que por ello se envió una ambulancia al domicilio para trasladarla al hospital de Béjar. Que posteriormente fue derivada al hospital de Salamanca.

En la vista del juicio, si bien declaró que el estado de la paciente, que encontró en el sofá de vivienda a la que acudió por aviso del padre, era lamentable no apreció maltrato alguno. Que él no hizo el parte que se exhibió en la vista oral, y no vio heces ni orina, que consultó el historial clínico de la mujer y que recuerda que no había constancia de ella desde hacía mucha años, que la diabetes incide de forma importante en la curación de las heridas, que la diabetes es factor de mucho riesgo… que ella no se expresaba, que hizo la derivación al hospital de Béjar».

Por su parte, el acusado y padre de la mujer, declaró que su hija tiene depresión desde hace 4 o 5 años, que desconoce si su hija tiene diagnosticado esquizofrenia. Que sin embargo su hija no quiere ir al médico. Que el día 8 de febrero de 2019 el declarante decidió llamar al médico porque le vio la mano muy mal. Que el día 8 de febrero de 2019 su hija se encontraba tumbada encima de sus propias heces y orina y con la mano muy mal. Que no llamó al médico hasta ese día puesto que su hija le decía que no quería ni ir al médico ni que el médico fuera a su casa. Que su hija lleva sin ir al médico unos 4 o 5 años. Que su hija había estado comiendo normal pero dos semanas antes del día 8 de febrero de 2019. Que el día 8 de febrero de 2019 su hija se encontraba tumbada encima de sus propias heces y orina y con la mano muy mal. Que no llamó al médico hasta ese día puesto que su hija le decía que no quería ni ir al médico ni que el médico fuera a su casa.

El fiscal pidió penas de hasta siete años de prisión por abandono y lesiones y subsidiariamente otras más bajas, según los delitos que apreciara el tribunal.

Finalmente, la Audiencia condena al procesado a cuatro meses de cárcel por un delito de incumplimiento de los deberes familiares.

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