La Audiencia Provincial de Salamanca absolvió al director del Conservatorio Superior de Música de Castilla y León en 2014, quien fue acusado de falsedad y prevaricación por una profesora sobre la que elaboró un informe desestimando la renovación de su comisión de servicios. El dirigente había sido condenado el primera instancia a indemnizar a la docente con 7.000 euros al apreciar sustancialmente su demanda y apreciar una intromisión ilegítima en su derecho al honor.
Ahora, la Audiencia le absuelve de todos los pronunciamientos al apreciar que no había incurrido en ninguno de los delitos planteados por la acusación particular en la fase de instrucción. El Ministerio Fiscal había solicitado la libre absolución desde el primer momento. Según recoge la sentencia consultada por Ical, los hechos se remontan a abril del año 2014 cuando la profesora requirió de un informe del director para renovar su comisión de servicios.
En un primer momento, el director remitió un informe favorable aconsejando a la Consejería de Educación la renovación de su condición. Afirmaba en el documento fechado el 10 de abril que la demandante había prestado sus servicios como profesora de Canto en el Conservatorio durante los anteriores cursos académicos y que su labor había sido “totalmente satisfactoria”, destacando además su participación en “el gran proyecto del centro”, el Taller de Ópera.
Sin embargo, apenas unos meses después, el 8 de julio del mismo año, el director emitió un segundo informe aduciendo que la redacción del primero estuvo condicionada por “el ambiente de tensión dominante en el centro”, ya que la profesora había “manipulado y chantajeado” a los alumnos para que protestaran “en bloque” contra el sentido negativo de su informe, tal y como, según declaró, tenía previsto.
En ese segundo documento, el director no solo desaconsejaba la renovación de su cargo, sino que la acusaba, entre otras cuestiones referidas a deficiencias técnicas en el desempeño de su labor como profesora de Canto, de dar lugar a “numerosas quejas” de sus alumnos que “no se atreven a exponer por escrito por miedo a represalias que les impidan finalizar sus estudios y obtener sus titulaciones”.
Además, denunciaba la exclusión de una mayoría del alumnado de los proyectos y programas “más significativos” de la actividad académica, dando preferencia “a muy pocos alumnos sobre el resto”, lo que desde su punto de vista le hacía incurrir en “discriminación y arbitrariedad en el criterio”. Como profesora, según el director, “no reunía conocimientos necesarios para formar suficientemente a sus alumnos en el desempeño digno del cometido profesional de estos, como tener un papel en las óperas o zarzuelas del Taller de Ópera, poniendo en peligro sistemáticamente la viabilidad y calidad de sus representaciones”.
En definitiva, según escribió el director en el informe, “el COSCYL necesita un profesor de Canto que esté a la altura de las exigencias de la enseñanza superior y la programación del centro, que sepa articular su trabajo adecuadamente con toda la actividad académica e incorpore a todo el alumnado al proyecto formativo del Taller de Ópera, así como el resto de las actividades formativas”. Añade que “además cumpla con las normas administrativas del COSCYL, y no manipule ni chantaje a sus alumnos para obtener privilegios”, por lo que estimó necesaria la “no renovación” de su comisión de servicio para “mantener la convivencia y la calidad educativa en el centro”.
El informe dio lugar a la apertura de un expediente disciplinario contra la profesora que finalmente se cerró sin consecuencias, pero la renovación de su comisión de servicios en el Conservatoria fue revocada. El director también tuvo una apretura de expediente por la elaboración de ese segundo informe aunque tampoco consta registrado que cumpliera ninguna sanción de suspensión de funciones.