El juicio contra Borja Thyssen y Blanca Cuesta por, supuestamente, haber defraudado a Hacienda 336.000€ se ha suspendido tras la petición de la acusación para examinar un nuevo informe judicial. La pareja se enfrenta a tres años de prisión y aún no se conoce la fecha de la nueva vista.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha informado de la suspensión de la vista oral del juicio por supuesto delito contra la Hacienda Pública contra Borja Thyssen y Blanca Cuesta, que se iba a celebrar este martes en el juzgado de lo Penal nº15. La suspensión se produce tras la petición de la acusación -formada por la Fiscalía y la Abogacía del Estado- para examinar un informe pericial presentado por los abogados de los acusados.
El supuesto fraude fiscal del hijo de Tita Cervera y su esposa corresponde al ejercicio fiscal de 2010. Tal y como indica el escrito de la acusación, el 26 de febrero de 2010 se produjo la transmisión de las participaciones sociales de Cas Capetó (Blanca Cuesta era la administradora única). Los partícipes de la sociedad eran Borja (50% de las participaciones), Blanca (40%) y la sociedad Caribean Breeze (10%).
Ese año 2010, la pareja presentó la declaración de Irpf en modalidad de tributación conjunta, con una ganancia patrimonial de 2.206.527,50€ por la venta de las participaciones de Cas Capetó. Sin embargo, la ganancia real fue de 3.792.564,92€, “ocultando por tanto a la Hacienda Pública la cantidad de 1.586.037,39€”.
Según indica la Fiscalía, la ganancia patrimonial que habrían ocultado Thyssen y Cuesta procede de la venta a través de Caribean Breeze. Dicha sociedad estaba participada por Borja (70%) y Blanca (30%). Por ello, el ministerio fiscal considera que los acusados tributaron “guiados por un ánimo de obtener un beneficio fiscal ilícito”, por lo que “procede imputarle la ganancia patrimonial obtenida de la venta de las participaciones de Cas Capetó SL”.
En definitiva, la acusación considera que la ganancia patrimonial obtenida en el ejercicio 2010 por el hijo de Tita Cervera y su esposa asciende a 1.586.037,39€. Así, “la cuota defraudada en relación a dicha ganancia patrimonial no declarada asciende a 336.417,39€”.