Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

¿A qué velocidad exacta multa un radar?

Existen diferencias entre los distintos tipos de control

Una duda común entre muchos conductores es la velocidad exacta a la que multan los radares. La Dirección General de Tráfico cuenta con más de 2.100 de estos aparatos, de los cuales unos 1.300 son móviles. Además, cabe recordar que entre los distintos tipos de radares existentes hay diferencias. 

Superar el límite de seguridad en carretera puede suponer, además de problemas de seguridad, problemas económicos. En este sentido, las multas por exceso de velocidad pueden ir desde los 100€ hasta más de 600€, así como penas de prisión y retirada de puntos en algunos casos. Para controlar que no se rebasen estos límites, uno de los mecanismos con que cuenta la DGT son los radares.

Estos dispositivos, que pueden ser de distintos tipos vigilan que se cumplen los límites de velocidad, y saltan cuando un conductor los rebasa. No obstante, para que funcionen correctamente y sean fiables, aplican un margen de error, que hace que el radar no salte a la velocidad exacta que marca la vía.

En este sentido, la velocidad a la que saltará el dispositivo dependerá de ese margen de error que, a su vez variará en función del tipo de cinemómetro. En los radares fijos, así como en los móviles de trípode o instalados en vehículos parados, se aplicará un margen de error de 5km/h en tramos de hasta 100km/h y un 5% del límite en los tramos que superen dicha velocidad.

Por su parte, los radares móviles aplicarán un margen de 7km/h en las zonas de hasta 100km/h y un 7% de la velocidad en las zonas de más de 100km/h. Para los radares de tramo se tiene en cuenta un margen de error de 3km/h en las vías de hasta 100km/h y de un 3% en las que superen dicho límite. Finalmente, en los radares aéreos en helicóptero Pegasus se aplica un 5% de margen en cualquier tipo de límite de velocidad.

Dicho esto, la velocidad exacta a la que saltará el dispositivo será la siguiente:

  • Radar fijo: en zonas de menos de 100km/h se añaden 5km/h a cada límite. Por ejemplo, en una zona limitada a 50km/h el radar saltará a 55km/h. Por su parte, cuando se superen los 100km/h de límite hay que aplicar el 5%, lo que supone que en lugares a 120km/h se multará al sobrepasar los 126km/h.
  • Radar móvil de trípode o instalado en vehículo parado: lo mismo que en el caso anterior.
  • Radar móvil: en tramos de hasta 100km/h se multará al superar el límite marcado en la vía más 7km/h. Por ejemplo, en vías a 90km/h, saltará cuando se sobrepasen los 97km/h. Por su parte, en vías limitadas a 120km/h saltará a partir de 128,4km/h.
  • Radar de tramo: en vías de hasta 100km/h, por ejemplo limitadas a 90km/h, multarán al sobrepasar los 93km/h. En una zona con límite de 120km/h, a 123,6km/h.
  • Radar aéreo en helicóptero Pegasus: estos dispositivos saltarán cuando se rebase en un 5% la velocidad de la vía. Así, en tramos a 120km/h multarán a partir de 126km/h, mientras que en tramos a 90km/h lo harán a 94,5km/h.

Deja un comentario

No dejes ni tu nombre ni el correo. Deja tu comentario como 'Anónimo' o un alias.

Más artículos relacionados

Te recomendamos

Buscar
Servicios