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Cárcel para el expresidente de Murcia

Por los delitos de prevaricación y falsedad en el llamado ‘Caso Auditorio’
El expresidente de Murcia, Pedro Antonio Sánchez.

El expresidente de la Región de Murcia, Pedro Antonio Sánchez, del PP, ha sido condenado a tres años de prisión por prevaricación y falsedad en el ‘Caso Auditorio’. El ‘popular’ también deberá pagar una multa de 3.600€ y estará inhabilitado para cargos o empleos públicos durante 17 años y 3 meses. 

La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a Pedro Antonio Sánchez a tres años de cárcel, 17 años y 3 meses de inhabilitación especial para cargo o empleo público y una multa de 3.600€, al considerar al expresidente murciano culpable de los delitos de prevaricación y falsedad en el llamado ‘Caso Auditorio’. Esto es, el proyecto del auditorio municipal de Puerto Lumbreras.

El tribunal considera a Sánchez culpable de un delito continuado de prevaricación en concurso. También le atribuyen otro de falsedad por encargar a un arquitecto “verbalmente y sin previo expediente” las obras del auditorio cuando era alcalde de Puerto Lumbreras. Además, añaden que hizo lo posible para “evitar la libre concurrencia de profesionales en el concurso”.

Por otro lado, la que fuera secretaria del ayuntamiento y un arquitecto también han sido condenados como cooperadores necesarios de los delitos de prevaricación. La primera estará inhabilitada para ejercer cargo o empleo público durante 15 años y 6 meses, el segundo lo estará 16 años y 6 meses.

Tal y como ha comprobado la sala, el arquitecto detectó una “inviabilidad técnica y económica en la ejecución del proyecto”. Después de tratar la cuestión con Pedro Antonio Sánchez, ambos “convinieron la confección de un proyecto modificado que permitiera justificar ante la Comunidad Autónoma la inversión de la subvención e impedir el reintegro, aunque ello supusiera dejar la obra inacabada”.

Finalmente, Sánchez había sido acusado del delito de fraude a la administración pública. Sin embargo, el tribunal lo ha absuelto de esos cargos, “ya que la aprobación del proyecto modificado no tenía por objeto defraudar al Ayuntamiento”.

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