El olvido oncológico es una realidad desde este sábado para los conductores que han superado un cáncer porque pueden renovar su carné de conducir con las mismas condiciones que el resto de la población en general, es decir, cada década en el caso de tener hasta 64 años o cada cinco años si tienen 65 años o más.
Servimedia / ICAL. Ello será posible gracias a una orden del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Demográfica publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y que entra en vigor este sábado.
Esta medida forma parte de lo anunciado hace casi dos semanas por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, de que el Ejecutivo modificaría antes de junio la legislación para implantar el derecho al olvido oncológico en algunas normas.
El derecho al olvido oncológico está aprobado en el Parlamento Europeo desde hace algo más de un año. Además, Bélgica, Luxemburgo, Francia, Países Bajos y Grecia ya lo tienen regulado. Ahora se suman a ellos Portugal, Italia y España.
La orden de Presidencia, recogida por Servimedia, modifica el Reglamento General de Conductores, que establece que los conductores con trastornos oncohematológicos y en posesión de permisos de conducir coches, motos o ciclomotores pueden renovar su carné por un periodo máximo de tres años a partir de los tres años de superar la enfermedad y hasta 10 años después de su remisión completa debidamente acreditada por un informe médico.
Además, la vigencia del carné de conducir esos vehículos es de como mucho cinco años para quienes han superado un proceso oncológico no hematológico.
“La regulación actual limita considerablemente los plazos para la prórroga del permiso o licencia de conducción a las personas que hayan sufrido una enfermedad oncológica, a pesar de haberse acreditado por un facultativo la remisión de la misma o no existir evidencia de la enfermedad y no estar en tratamiento adyuvante”, indica la orden.
“Discriminación infundada”
Por tanto, los conductores que han vencido un cáncer y no tienen limitaciones ni secuelas físicas seguían siendo considerados “pacientes oncológicos a la hora de renovar el permiso o la licencia de conducción.
“Se produce, pues, una discriminación infundada respecto de aquellas personas que ya no tienen síntomas de la enfermedad y se han reincorporado plenamente a su vida laboral y ordinaria. Sin embargo, a pesar de ello cuando renuevan el permiso o la licencia de conducción, se vuelve a incidir en su enfermedad, al menos a estos efectos, porque su vigencia no es la prevista, con carácter general, para el resto de la ciudadanía”, señala la orden.
El Gobierno añade que en estos casos se trata de “una cuestión emocional” porque, “tras un largo y duro tratamiento y posterior recuperación, en el momento de la expedición del permiso o licencia se revive un proceso ya superado que la Administración les hace recordar de manera innecesaria”.
Por ello, atiende las demandas de entidades que agrupan a las personas que han tenido una enfermedad oncológica, que habían pedido cambiar el Reglamento General de Conductores por considerar que no está fundamentada la incidencia negativa de superar un cáncer en la seguridad vial.
Por tanto, estos conductores podrán desde este sábado renovar el carné de conducir sin que su vigencia sea de tres o cinco años, sino “por razón de la edad”, es decir, por otros 10 años en el caso de los que tienen hasta 64 años y por otros cinco en el de los de 65 años o más. “Se trata de asimilarlas al resto de la ciudadanía, ya que son personas que han superado la enfermedad y se encuentran en las mismas condiciones que la población en general”, subraya Presidencia.