Las formas de vivir de la vivienda en la jubilación

Hipoteca inversa, alquiler inverso y nuda propiedad
Un cartel de 'Se vende' en un edificio salmantino. (Archivo)

Los propietarios de una vivienda disponen de una serie de opciones para convertir el inmueble en capital de cara a obtener una renta vitalicia en su jubilación. De esta manera, las principales opciones financieras son la hipoteca inversa, el alquiler inverso y la nuda propiedad. 

A la hora de capitalizar una vivienda entran en juego diferentes cuestiones, como la edad del propietario, el valor del inmueble, la necesidad de ingresos o el grado de dependencia emocional hacia la casa. “Tomar una decisión de este tipo tiene sentido si previamente se ha recibido asesoramiento y se ha hecho un ejercicio de análisis de las diferentes opciones para determinar cuál encaja mejor en cada caso”, ha explicado a Cinco Días la directora de asesoramiento patrimonial de Abante, Belén Alarcón.

De esta manera, cuantos más años tenga el propietario -menos esperanza de vida- y mayor valor posea la casa, se obtendrán unas cuantías superiores. Por ejemplo, en el caso de una vivienda cuyo valor y expectativa de revalorización sean bajos, podría no llegar a compensar la opción de capitalización, ya que la renta sería bastante modesta.

El portal de asesoramiento financiero Abante ha realizado un estudio para Cinco Días, analizando las diferentes opciones con varias firmas y teniendo en cuenta precios actuales del mercado. Para ello, han tomado como referencia un hipotético caso de una mujer viuda de 80 años que posee una vivienda valorada en 450.000€.

Hipoteca inversa

Esta fórmula consiste en la entrega, por parte del banco, de un capital por la vivienda, que el propietario mantiene hasta su muerte. Además, hay que descontar el pago de intereses a la entidad bancaria por el tiempo que se haya calculado como esperanza de vida. Cuando el dueño muera, los herederos recibirán el inmueble con la deuda a saldar, y podrán recuperarla tras el pago de la deuda, venderla y quedarse con el dinero que quede tras el pago del adeudo o renunciar a la herencia.

En la comparativa de Abante, con tres firmas diferentes, la propietaria obtendría un capital de entre 88.000€ y 144.000€. De esta manera, daría lugar a una renta mensual de entre 139€ y 239€, con un tipo de interés del 2,18%, que se percibiría de forma vitalicia.

“Una persona de 80 años puede recibir el 40% del valor de tasación de su vivienda en una hipoteca inversa, contando con que se están aplicando tipos de interés de entre el 6% y el 7%”, aclara la directora de operaciones del Grupo Retiro, Mar Villa. “Esta opción encaja si no quieres bajo ningún concepto deshacerte de la propiedad, por motivos emocionales o porque esperas la revalorización del mercado inmobiliario”, añade.

Alquiler inverso

En este caso, el dueño de la vivienda vende la propiedad de la misma, pero sigue viviendo en ella como inquilino. De esta manera, al precio de venta se le restará una cantidad, destinada al pago del alquiler hasta el momento en que el antiguo dueño muera. Si bien, en caso de que se vaya a vivir a otro lugar o muera antes del tiempo establecido, los herederos recibirán el dinero destinado a alquiler que no se haya consumido.

La mujer del ejemplo analizado por Abante, entre cuatro ofertas diferentes, recibiría en la mejor de ellas un capital de 234.000€ (que darían para una renta vitalicia de unos 400€ al mes) y una bolsa de dinero de 126.000€ para pagar el alquiler durante el tiempo que siga residiendo en la vivienda.

“El alquiler inverso no interesa a menores de 80 años, ya que implica una bolsa para el pago de ese alquiler más elevada, dada la mayor esperanza de vida”, recalca Villa. Sin embargo, este modelo permite una mayor flexibilidad y “es idóneo para personas que ya no quieran vivir en la vivienda o que se vean obligadas a dejarla”, añade Julio Fernández, consejero delegado de Jubilame.

Nuda propiedad

Este mecanismo es el que permite recibir un mayor capital, y consiste en la venta de la propiedad de la casa, pero conservando el usufructo de la misma hasta el momento de la muerte. Esto es, el propietario puede disfrutar del inmueble de por vida, con independencia del momento en que muera.

Volviendo al estudio de Abante, la mujer recibiría entre 140.000€ y 260.000€ dependiendo de las diferentes opciones. Así pues, con la más baja obtendría una renta vitalicia de 231€ mensuales y, con la más cuantiosa, 450€ al mes.

Deja un comentario

No dejes ni tu nombre ni el correo. Deja tu comentario como 'Anónimo' o un alias.

Más artículos relacionados

Te recomendamos

Buscar
Servicios