La Agencia Tributaria puede empezar a mandar la conocida como ‘carta del miedo’ a algunos contribuyentes a partir del próximo 27 de junio. Ese documento lo recibirán aquellos ‘despistados’ que no hayan pagado a Hacienda pese a que en su declaración de la Renta así lo indicara.
La ‘carta del miedo’ es un requerimiento de Hacienda, denominado de esa manera en el argot financiero’, que reciben los contribuyentes que no hayan pagado a la Agencia Tributaria. Todos ellos pueden enfrentarse a penalizaciones de entre el 50% y el 150% de su deuda total con el Estado. Además, si la situación se haya repetido previamente o que Hacienda considere que ha habido un perjuicio económico, la sanción puede ser superior.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que el plazo para recibir ese documento es de cuatro años. De esta manera, el periodo de que dispone Hacienda para revisar los trámites fiscales por el impuesto sobre la renta de las personas físicas es de cuatro años, según informa TaxDown. En este sentido, de cara a la Renta 2022-2023, la carta puede llegar hasta 2027.
En caso de que un ciudadano reciba el temido documento, significa que la Agencia Tributaria se ha dado cuenta del error o despiste. No obstante, en caso de que la declaración de la Renta saliera a pagar y se haya cometido el fallo de no saldar la deuda, puede reducirse la sanción presentando la declaración fuera de plazo.
Así pues, aunque el contribuyente no vaya a librarse de la multa, sí que puede reducir la penalización de la sanción, dependiendo del tiempo que haya pasado en ‘rectificar’. Cabe recordar que cada mes de retraso que pasa, los intereses de la multa se incrementan un punto porcentual.