A la hora de obtener una renta extra para complementar la pensión de jubilación, la vivienda habitual puede convertirse en un activo clave. Existen diferentes fórmulas que permiten obtener ingresos sin renunciar a la propiedad del domicilio y, además, sin que la vivienda tenga un valor especialmente elevado.
Dentro de todas las opciones, una de las que pueden resultar más atractivas para los mayores dependientes que tienen que irse a una residencia y no tienen el dinero necesario para ello, es la fórmula del anticipo de alquileres. Esta opción permite a los dueños del inmueble obtener ingresos elevados cada mes, sin necesidad de renunciar a la propiedad del mismo.
La startup española Pensium es una de las compañías que proponen este mecanismo, tal y como recoge Cinco Días. Los propietarios de la vivienda reciben un dinero por el alquiler de la misma, así como un adelanto por parte de la empresa. “Pensium entrega desembolsos semestrales y por anticipado para que las familias puedan pagar la residencia sin esperar a la llegada de las ayudas públicas ni gastar sus ahorros o vender la casa”, detallan.
El principal requisito para poder acceder a esta fórmula es estar en situación de dependencia, algo que pueden acreditar desde la propia empresa. Tras ello, se firma un contrato ante notario -como si fuera un préstamo hipotecario- y la compañía comienza a adelantar las cuantías del futuro alquiler, a lo que se aplica un tipo de interés. Posteriormente, los ingresos que se obtienen del alquiler sirven para saldar la deuda con la empresa.
Estos inmuebles se mantendrán en arrendamiento hasta que se acabe de saldar la deuda por el dinero adelantado, manteniéndose también en el caso de que el propietario muera antes. “Los contratos se suelen hacer por un plazo de 10 años, con entregas de dinero cada semestre”, aclaran. Finalmente, en cuanto a la principal ventaja de esta fórmula con el resto es que se adapta a cualquier tipo de inmueble, sin necesidad de que tengan valores elevados.
Hipoteca inversa
En este caso, el propietario de la vivienda recibirá un dinero por parte del banco con el propio inmueble como garantía. De esta manera, podrá seguir viviendo en su casa, ingresando periódicamente un capital que podrá emplear para complementar su pensión. Sin embargo, una vez muera, los herederos deberán saldar la deuda con el banco si quieren recuperar la casa. Si bien, lo más habitual es que vendan la vivienda, paguen la diferencia a la entidad bancaria y se queden con el dinero sobrante.
Nuda propiedad
Esta fórmula consiste en vender la titularidad del inmueble, pero conservando su usufructo hasta el momento de la muerte del titular. Esto es, desde el momento de la firma, el propietario se reserva el derecho de hacer uso de la vivienda hasta el final de su vida, pudiendo vivir en ella o ponerla en alquiler.
La nuda propiedad resulta una opción más atractiva para aquellos con menor esperanza de vida, ya que, cuanto mayor sea esta, menos dinero se percibirá por la venta de la nuda propiedad. En definitiva, para calcular la cantidad a abonar por la venta se hace una resta entre el valor estimado del inmueble menos el valor del usufructo (que será mayor cuanto más elevada sea la esperanza de vida).
Alquiler inverso
A través de este mecanismo, el propietario podrá seguir en la vivienda, pero como inquilino. Esto es, consiste en vender el inmueble a cambio de un alquiler vitalicio. Por tanto, en el precio de venta, se incluye una ‘bolsa’ de dinero destinada a las mensualidades del alquiler hasta el momento de la muerte del antiguo propietario.
Asimismo, en caso de que este supere la esperanza de vida estimada en el contrato, no tendrá que abonar ninguna cantidad. Por su parte, si muere antes o abandona el domicilio antes de que se agote la bolsa de alquiler, ese dinero no consumido lo recibirán o él o los herederos, si ha muerto.





















