Cuando llega el momento de hacer el último pago de la hipoteca, los usuarios deben realizar una última gestión para poner “punto y final” al préstamo y lograr que la deuda deje de figurar en el Registro de la Propiedad. Si bien, aunque la cancelación registral de la hipoteca no es obligatoria, sí es recomendable.
Tal y como indican en el portal del Cliente Bancario del Banco de España, todos los clientes que hayan concluido los pagos correspondientes a su préstamo hipotecario deben realizar un último paso para “poner punto y final” a la deuda.
Esto se debe a que, aunque se haya saldado el préstamo que se le debía al banco, la deuda sigue figurando en el Registro de la Propiedad, ya que cuando se adquirió la vivienda, se firmaron ante notario -y se inscribieron en el Registro- tanto la escritura de compraventa, como la del préstamo hipotecario.
Por ello, aunque no es una gestión obligatoria, se recomienda a los usuarios que, al finalizar su hipoteca, acudan al Registro de la Propiedad para cancelar registralmente su hipoteca ante notario.
Este trámite puede realizarse personalmente, así como pedirle a la entidad bancaria que inicie el proceso. No obstante, en este último caso, los bancos pueden cobrar comisiones a los clientes, por lo que se recomienda informarse sobre ello antes de proceder.
En caso de realizar la gestión personalmente, hay que solicitar en el banco un certificado de cancelación económica de la deuda (es gratis). Tras ello, entregar el certificado en una notaría, desde donde se pondrán en contacto con el banco y realizarán la escritura de cancelación, que deberá firmar el cliente y un representante de la entidad bancaria.
Después, habrá que acudir a la delegación de la comunidad autónoma y cumplimentar el documento de Actos Jurídicos Documentados (gratuito). Finalmente, hay que entregar los tres documentos anteriores en el Registro de la Propiedad y cancelar allí la hipoteca.
2 comentarios en «El trámite imprescindible al terminar de pagar la hipoteca»
Hola me gustaria saber cuando se realiza escritura de cancelación de hipoteca el notario puede presentar documentación vía fax, y no vía telemática, con la idea de reducir costos de aranceles y minuta del notario
gracias un saludo
Hola me gustaria saber cuando se realiza escritura de cancelación de hipoteca el notario puede presentar documentación vía fax, y no vía telemática, con la idea de reducir costos de aranceles y minuta del notario
gracias un saludo