La Justicia española ha desestimado la demanda interpuesta por los Testigos Cristianos de Jehová de España contra la Asociación Española de Víctimas de Testigos de Jehová, considerando que la libertad de expresión de esta última está por encima del derecho al honor de la primera. Por ello, ha aceptado calificar a los Testigos de Jehová como “secta destructiva” y como “víctimas” a los seguidores de esa confesión religiosa.
Ha sido la titular del Juzgado de Primera Instancia nº6 de Torrejón de Ardoz, Raquel Chacón, quien en su sentencia ha absuelto a la Asociación Española de Víctimas de Testigos de Jehová, “de todas las pretensiones formuladas en su contra”, por parte de los Testigos Cristianos de Jehová de España.
La jueza ha recogido diferentes críticas de antiguos miembros de la confesión religiosa sobre las prácticas o abusos que sufrieron. En su sentencia, la jueza lo califica como una “crítica legítima de determinados comportamientos generalizados llevados a cabo por la confesión religiosa de Testigos de Jehová, no solo en España, sino también en el extranjero”.
Junto a ello, Chacón recalca que, “solo los movimientos de fieles, o de antiguos fieles, de toda religión, que denuncian públicamente abusos de carácter espiritual o tropelías sexuales o de todo orden, discriminaciones o tratos degradantes, irregularidades, etc., pueden conseguir que vayan desapareciendo”.
Por otro lado, sobre la calificación como “secta destructiva” por parte de la asociación demandada hacia la demandante, considera que, “ha de entenderse amparada por la libertad de expresión, a pesar de ser molesto o hiriente”. Al mismo tiempo, señala que los textos religiosos de esta confesión, “pueden estimarse en nuestros días como un control excesivo sobre la vida de los fieles”.
Entre otros controles ejercidos por los Testigos de Jehová sobre los fieles, alude a “la insistencia por conocer detalles de ciertas relaciones, sentimentales o no, desconfiar de los testimonios o la obligación de consultar primero a los ancianos, respetando un estricto sistema jerárquico”, y considera que, “revelan un ambiente de supervisión insistente”.
Finalmente, sobre la consideración de víctimas por parte de los miembros o antiguos miembros de la confesión religiosa, concluye que, “numerosísimas personas aseguran haber sufrido muchos daños a consecuencia de su experiencia como fieles de una confesión religiosa, y prohibir este término en la denominación de la asociación sería una censura injustificada para estas personas que emiten libremente su opinión a raíz de vivencias en primera persona”.