El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto que equipara la regulación del tabaco calentado a la de los cigarrillos convencionales. Además, prohíbe la venta de filtros, papeles o cápsulas con aromatizantes que modifiquen el sabor de los productos del tabaco. Sin embargo, esta nueva norma no afecta a los dispositivos de vapeo, para los que Sanidad trabaja en una regulación concreta.
Esta iniciativa, que ha partido del Ministerio de Sanidad, regula algunos aspectos relacionados con la “fabricación, presentación y comercialización” de los productos del tabaco. Esto es, equipara la regulación del tabaco calentado a la de los cigarrillos tradicionales, pero también prohíbe la venta de productos con aromatizantes.
La norma prohíbe la venta de tabaco calentado que contenga algún tipo de aroma, pero además establece la obligación de que su etiquetado cuente siempre con las advertencias de que se trata de un producto perjudicial para la salud. También deberá llevar el mensaje ‘El humo del tabaco contiene más de 70 sustancias cancerígenas’, así como las fotografías especificadas en el decreto 579/2017, de 9 de junio.
Asimismo, extiende la prohibición a la venta de productos del tabaco que cuenten con un aroma característico, así como a aquellos que cuenten con aromatizantes en alguno de sus componentes (filtros, papeles de fumar, envases o cápsulas), o “cualquier otra técnica que permita modificar el olor y sabor de los productos del tabaco o intensificar el humo”.
De la misma manera, se ha establecido también que los filtros, papeles y cápsulas no podrán contener ni tabaco ni nicotina. Sin embargo, los que se han quedado fuera de la nueva regulación son los dispositivos de vapeo, para los que Sanidad trabaja en una regulación específica, con el objetivo de “prevenir adicciones y proteger la salud pública”.
El tabaco calentado es un producto diferente tanto del tabaco convencional como de los dispositivos de vapeo. Así pues, frente a los primeros, se calienta electrónicamente en lugar de por combustión. Si bien, a diferencia de los segundos, contiene en su interior tabaco procesado (picado o en polvo), y no líquido.