Decisión salomónica de la UE sobre el lobo

La abogada general del TJUE apoya una protección “atenuada” del lobo al norte del Duero
David Cerrato. ICAL. Dos lobos semisalvajes llegan a Monzón de Campos (Palencia) para ser fotografiados en el taller de Pallantiaphoto.

La abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) Juliane Kokott pidió este jueves que se acepte la protección “atenuada” del lobo al norte del río Duero. Además, en este pronunciamiento preliminar, apuesta por permitir en general la caza de este carnívoro y de solo prohibirla cuando sea necesario para mantener su estado de conservación como especie. En cambio, al sur del Duero, apoya una protección más elevada, que califica de “rigurosa”, lo que supone una prohibición de que pueda ser cazado de forma general.

ICAL. Estas conclusiones preliminares del tribunal europeo responden a unas cuestiones prejudiciales que le planteó el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCYL) sobre la protección que debe tener el lobo. Concretamente, el alto tribunal de la Comunidad preguntó si era posible otorgar una distinta protección a la misma especia según se encuentre al norte o al sur del río Duero, especialmente después de tener constancia de la diferente situación en que se encuentra el lobo según la zona.

A estas cuestiones, la abogada general menciona que, al ratificar el Convenio de Berna, España se reservó la posibilidad de no proteger al lobo en todo su territorio en los términos de “protección rigurosa” que se contempla en el artículo 12 de la directiva europea que regula la protección de especies en peligro de extinción. En cambio, puede aplicar a la especie en algunas zonas la conocida como “protección atenuada”, que es la que se incluye en el artículo 14 de la misma regulación europea.

Cabe recordar que el pronunciamiento de este jueves por parte de la abogada general no es vinculante, a pesar de que suelen orientar el fallo definitivo de la corte de Luxemburgo. En este sentido, si finalmente el TJUE avala el pronunciamiento de la abogada general, a partir de esta sentencia quedaría claro que los estados miembros tendrán que tener en cuenta la zona y el estado de conservación de la especie a la hora de decidir el nivel de protección. Además, tendrían que protegerlos en general en todo el territorio.

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