El PSOE ha reaccionado ante la decisión del Tribunal Supremo de no amnistiar el delito de malversación por la financiación del referéndum del 1-O asegurando que se trata de una consideración “política” que los socialistas califican como “sorprendente e innecesaria”. Con su decisión, el alto tribunal rechaza la amnistía para los condenados y encausados por el procés, como Carles Puigdemont.
Tras la decisión del Tribunal Supremo de no considerar como amnistiable el delito de malversación por la financiación del referéndum del 1-O, el PSOE ha cargado contra el alto tribunal asegurando que se trata de una consideración “política”, “sorprendente e innecesaria”.
Además, aunque reiteran su “respeto” a las decisiones judiciales, insisten en que, “es en el ámbito político y no judicial donde corresponde opinar sobre las leyes, los pactos entre diferentes fuerzas políticas y la tramitación parlamentaria de las normas”. En la misma línea, defienden la voluntad del legislador a la hora de aplicar la amnistía.
La ley de amnistía establece que el delito de malversación quedará fuera de la medida de gracia cuando exista un propósito de “enriquecimiento” y de “obtener un beneficio personal de carácter patrimonial”. Sin embargo, el Supremo entiende que, “el que se apodera de bienes ajenos -en este caso, patrimonio público- comete un delito, aunque el metálico obtenido se destine a regalos a terceros, a limosna o a cualquier otra causa altruista”.
La otra excepción para no incluir en la amnistía la malversación es que afectase a los intereses financieros de la UE. En este caso, aunque el Supremo cree que “la ruptura de la integridad territorial de Europa” encerró “un grave peligro de afectación de los intereses financieros” de la UE, desde el PSOE insisten que la Fiscalía europea no intervino en ningún momento porque “nunca se entendió que se pudieran ver afectados” los intereses financieros comunitarios.
Finalmente, pese a la decisión del Tribunal Supremo, los socialistas consideran una “buena noticia” que no se haya cuestionado “ni la constitucionalidad general de la amnistía ni su compatibilidad con el Derecho de la Unión Europea”.