El Servicio Público de Empleo Estatal (Sepe) denegará el subsidio para mayores de 52 años a los parados que no hayan cotizado por desempleo un mínimo de 6 años. Este tipo de cotización es diferente a la generada por la Seguridad Social.
Cualquier trabajo por cuenta ajena incluido en el Régimen General de la Seguridad Social, en el Sistema Especial Agrario o en el Régimen de Trabajadores del Mar, así como los contratos de formación, cotizan para el desempleo.
En el caso de los trabajadores autónomos que hayan cotizado únicamente bajo este régimen, el subsidio para mayores de 52 años quedaría fuera de su alcance, dado que el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (Reta), no genera el tipo de cotización requerida.
Sin embargo, el Gobierno está trabajando para realizar cambios a este respecto, con el objetivo de que los autónomos también puedan beneficiarse, al igual que sucede con las empleadas de hogar, sujetas a su propio régimen.
El subsidio para mayores de 52 años es una de las prestaciones más ventajosas gestionadas por el Servicio Público de Empleo Estatal.
Incluye la cuantía de 480 euros mensuales, es decir, el equivalente al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem). Este subsidio se mantiene hasta la edad de jubilación y además, cotiza para la pensión contributiva.