Las tres querellas y las cuatro denuncias interpuestas contra el presidente valenciano, Carlos Mazón, por la gestión de la Dana, quedan por el momento paralizadas. El Pleno de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha dictado un auto en el que las inadmite (las rechaza).
En los relatos de hechos “plurales” y de “procedencia diversa” de los denunciantes y querellantes no se aprecian hechos “objetivados” con “consistencia o solidez”, según los magistrados.
El TSJCV, que ya había acumulado en una providencia esas denuncias y querellas en una misma causa, sustenta su resolución en la jurisprudencia del Tribunal Supremo según la cual se es necesaria la presencia de “indicios cualificados contra personas aforadas para no sustraer las investigaciones de su ámbito primario natural”.
La resolución explica que la inadmisión de las denuncias y querellas no implica que sus impulsores “queden privados del ejercicio de la acción penal”, pues pueden se podría proceder a la incoación de este procedimiento preliminar en el “hábitat natural de los Juzgados de Instrucción”, es decir, la opción de acudir a esta vía está abierta para los denunciantes y querellantes.