El PSOE registró este viernes en el Congreso de los Diputados una proposición de ley para reformar la figura de la acusación popular. Si sale adelante no podrán ejercerla partidos políticos y asociaciones o fundaciones vinculadas con ellos. Tampoco se podrán admitir querellas presentadas basándose en recortes de prensa. Estos son los dos mecanismos que utiliza la extrema derecha para acosar a sus adversarios políticos y, desde hace meses, al Gobierno de Pedro Sánchez.
“La persecución y difamación sistemática a artistas, creadores, periodistas y adversarios políticos pervirtiendo determinadas herramientas del Estado de Derecho” desaparecerá en España con la llegada de la ‘Ley Orgánica de Garantía y Protección de los Derechos Fundamentales frente al Acoso Derivado de Acciones Judiciales Abusivas’. El PSOE ha registrado este viernes en el Congreso de los Diputados una proposición de ley que, según el Gobierno, pondrá fin a las acusaciones infundadas de los sectores extremistas y autoritarios, como la extrema derecha o los ultra católicos.
Las nuevas medidas legales terminarán con las causas judiciales motivadas de diferencias entre ideologías políticas y los delitos de ofensas contra los sentimientos religiosos. También habrá cambios en lo relativo a la acusación popular en los juicios. “Asociaciones ultraderechistas están pervirtiendo la figura de la acusación popular” al perseguir “no delitos, sino a personas, a políticos progresistas honrados”, según declaraciones del ministro de Justicia, Félix Bolaños.
Así, una vez que la ley entre en vigor, la acusación popular en las causas judiciales estará presente en la fase del juicio oral y de la formulación inicial de la querella, pero no durante la instrucción. Desde el PSOE garantizan que se terminará con la “filtración constante” de diligencias por parte de “acusaciones con objetivos políticos” y con los “intentos de alargar y mediatizar un proceso judicial”.
Acusación popular
Además, para ser acusación popular, deberá existir un vínculo “concreto, relevante y suficiente con el interés público tutelado en el proceso penal correspondiente”. Este tipo de acusación podrá recurrir el auto de sobreseimiento, en caso de estar en desacuerdo con él. Los partidos políticos y las agrupaciones vinculadas con ellos no podrán formar de esta acusación.
Religión y política
La nueva ley suprime el delito de ofensas contra los sentimientos religiosos recogido en el Código Penal y obliga a los jueces evitar declaraciones de carácter político, lo que supone un cambio importante en la Ley Orgánica del Poder Judicial, como es la inclusión de esta nueva causa de abstención o recusación, que podría derivar en su retirada del proceso.
Otra de las novedades es la relativa a la presentación de recortes de prensa como pruebas para admitir querellas, algo que ya no se volverá a permitir, una ‘buena práctica’ que el Tribunal Supremo ya está llevando a cabo.