Salamanca está en alerta amarilla por altas temperaturas y el calor es sofocante en la calle. Solo se puede caminar y con dificultad por la sombra y en casa se está bien si se dispone de aire acondicionado o se ha tenido la precaución de bajar las persianas.
Eso en el domicilio, pero, ¿qué ocurre si estamos en la habitación de un hospital con el único consuelo de un ventilador con poca ‘potencia’? Eso es lo que les está sucediendo a los pacientes del Hospital de la Santísima Trinidad, que solo cuentan con un aparato de aire para aliviar el asfixiante calor y este tipo de ventilador solo refresca si lo tienen orientado en su dirección, porque no es de los de aspas que mueven el aire
El bochorno que se vive en las habitaciones no es solo por las altas temperaturas, también porque a pacientes y familiares no se les ofrece una solución para mejorar sus condiciones hospitalarias.
Al preguntar, la información que han recibido es que el hospital de la Santísima Trinidad solo dispone de aparatos de aire acondicionado en los quirófanos y en la UCI, el resto del inmueble no tiene posibilidades de refrigerarse de manera artificial.
No solo los enfermos y familiares están sufriendo el agobiante calor, también el personal sanitario que trabaja en la Santísima Trinidad.
Iniciar las obras
Desde el hospital señalan que una vez realizada la integración de HM Santísima Trinidad en HM Hospitales, este Grupo hospitalario anunció que se haría un análisis de las mejoras a realizar en dicho Centro, siendo una de las resultantes la instalación de sistema de climatización en aquellas zonas en las que actualmente no cuenta con él.
«HM Hospitales ya ha realizado un proyecto para acometer esta mejora y se ha presentado al Ayuntamiento de Salamanca para su aprobación, ya que al ser un edificio con régimen protegido hay que cumplir una serie de requisitos específicos. Una vez recibida la autorización se procederá a iniciar las obras para que todas las dependencias del Hospital HM Santísima Trinidad cuenten con sistema de climatización», aclaran desde HM Hospitales.
Lo que marca la Ley
En 1997 entró en vigor el Real Decreto 486/1997, que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Este decreto regula distintos aspectos, incluyendo las condiciones de temperatura que deben cumplir oficinas y otros entornos laborales. Según esta ley, en lugares cerrados como oficinas o puntos de atención al público, la temperatura debe estar comprendida entre 17?°C y 27?°C.
En 2023 se aprobó el Real Decreto-ley 4/2023, que modifica el decreto anterior como una medida urgente frente a la sequía, el uso de aguas y las condiciones laborales por calor extremo. Este nuevo decreto introduce una “Disposición adicional única”, que obliga a las empresas a evaluar específicamente el riesgo térmico, teniendo en cuenta el esfuerzo físico requerido y las condiciones personales del trabajador.
En este sentido, el Ministerio de Trabajo y Economía Social presentó a primeros de junio un plan especial de cara al verano con actuaciones de Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) para velar por la protección de las personas trabajadoras frente a los riesgos derivados de su exposición a elevadas temperaturas.
Pone el foco en sectores como la construcción, agricultura, comercio, hostelería y los servicios de limpieza, jardinería y reparto. También en quienes trabajan en sitios cerrados donde se pueda acumular más calor.
El Gobierno aprobó en 2023 un real decreto con medidas preventivas para proteger a los empleados frente a olas de calor. En una disposición adicional, se incluye la prohibición de desempeñar determinadas tareas «durante las horas del día en las que haya fenómenos meteorológicos adversos», todo ello cuando no se pueda garantizar de otro modo la protección de la persona trabajadora. Esto afectará a quienes desempeñen tareas al aire libre o en espacios que no puedan cerrarse y donde deban tomarse medidas de prevención adicionales.
Además, si la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) emite una alerta naranja o roja por altas temperaturas, la empresa estará obligada a adaptar las condiciones de trabajo, incluida la reducción o modificación de las horas de la jornada. De hecho, también se aplicará el artículo 23 del real decreto 1561/1995, que especifica que esta reducción de horas de trabajo por calor extremo no procederá a una reducción de salario de los empleados afectados por esta medida.
De este modo, en caso de detectar incumplimientos por parte de una empresa, se puede presentar una denuncia ante Inspección de Trabajo de forma anónima o acudir a las organizaciones sindicales.





















6 comentarios en «Bochorno en la Santísima Trinidad»
Pregunten por los tiempos de espera en las urgencias.
Luego nos quejamos de la sanidad pública, todos a la privada antes nos morimos y menos pensiones, nótese la ironía
De lo que era a cómo están dejando este hospital… lamentable y bochornoso, nunca mejor dicho.
Antes tampoco tenía aire acondicionado…a ver si las mejoras se llevan a cabo pronto
De tener 3 patronos, con anterioridad de la venta de parte de su finca para abrir en su trasera una calle con sus correspondientes edificios, tra volatilizarse la liquidez, siendo el hospital de MUFACE en la provincia, a pertenecer a un grupo empresarial, dedicado a la hostelería, HM, ahora con rama hospitalaria. Que decidan lis pertenecientes a MUFACE, si se cambian al sistema público de Atención sanitaria, como antes se podía realizar en una fecha determinada, con carácter anual, o no. Básicamente los consultores médicos generalistas o/y especialistas son los mismos en ambos «Sistemas Sanitarios»
Que Dios reparta «suerte», y a quien Dios se la de, S. Pedro se la bendiga, y aquí paz y después Gloria, per sécula seculorum, Amén.
La sanidad nunca puede ser un negocio, que luego pasa lo que pasa.