Los jueces no pueden aumentar la indemnización por despido improcedente

El Tribunal Supremo defiende el actual modelo español por ofrecer "seguridad jurídica y uniformidad" ante la pérdida de su empleo
Tribunal Supremo.
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El Tribunal Supremo ha cerrado definitivamente la puerta a que los jueces puedan aumentar la indemnización por despido improcedente más allá de lo que marca la ley. En una decisión comunicada este miércoles, el alto tribunal no solo confirma su criterio anterior, sino que añade un nuevo argumento: la Carta Social Europea tampoco ampara que un trabajador reciba una compensación mayor en los tribunales.

Con esta sentencia, que se publicará íntegramente en los próximos días, el Supremo reitera que la indemnización tasada por ley —fijada en 33 días por año trabajado— no puede ser modificada por un juez atendiendo a las circunstancias personales del despedido.

El tribunal argumenta que las referencias a una «indemnización adecuada» que aparecen tanto en el Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) como en la Carta Social Europea son «literalmente inconcretas». Por ello, concluye que no son mandatos de aplicación directa, sino declaraciones generales que no pueden usarse para anular la legislación nacional.

Además, el Supremo aclara el papel del Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS), el órgano que interpreta la Carta. Según el tribunal, sus decisiones «no son ejecutivas ni directamente aplicables», ya que no es un órgano judicial como el Tribunal de Justicia de la UE o el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. De hecho, sus resoluciones no son vinculantes ni siquiera para los propios estados, una postura que, recuerda el Supremo, ya han adoptado los tribunales de Francia e Italia.

Finalmente, la sentencia defiende el actual modelo español por ofrecer «seguridad jurídica y uniformidad», garantizando que todos los trabajadores sean reparados en los mismos términos ante la pérdida de su empleo.

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