Nuevo incidente en Topas: un preso agrede a una funcionaria de la prisión

El suceso se produjo cuando el interno reaccionó violentamente al negarse a compartir celda con otro preso
topas
El acceso a la cárcel de Topas. (Archivo)

Una trabajadora del área de vigilancia interior del centro penitenciario de Topas fue agredida este martes por un interno. El incidente se produjo cuando el interno reaccionó violentamente al negarse a compartir celda con otro preso.

Según informa CCOO, el preso le propinó varias patadas en las piernas y en el resto del cuerpo a la funcionaria. La trabajadora tuvo que ser atendida en la enfermería del centro por contusiones de diversa consideración.

Este sindicato recuerda que lleva mucho tiempo manifestando que «el personal penitenciario está indefenso ante las agresiones que padece masivamente, porque las medidas que toman los responsables de Instituciones Penitenciarias dejan sin prevención ni protección al personal».

Afirma que la administración penitenciaria carece de medidas preventivas para afrontar la violencia en el trabajo. «La única actuación que ha adoptado en los últimos veinte años de incremento de agresiones, es la articulación del protocolo PEAFA, que no es preventivo, no protege al personal y recorta los derechos de la Ley de Prevención al personal de prisiones».

Asegura que las agresiones «se han convertido en un riesgo estructural y endémico de la actividad laboral en prisiones, esta violencia laboral ha aumentado por cada mil presos en un 113,94% desde 2010. El servicio de prevención mira hacia otro lado con las agresiones que se repiten permanentemente año tras año, sin que se haya estudiado las razones que las originan, o las medidas para evitarlas y obviamente, sin ninguna propuesta para evitarlas».

CCOO ha propuesto medidas para el abordaje de las agresiones que garanticen la integridad y el derecho a la salud de todo el personal de prisiones, basadas en la prevención, la protección y el apoyo a las víctimas de la violencia en el trabajo:

  • Aplicación íntegra de la Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales al personal penitenciario.
  • Evaluar las causas y los riesgos.
  • Aplicación de medidas preventivas que se anticipen al riesgo.
  • Modificación de las medidas que no solucionen el riesgo.
  • Protección del derecho a la salud de la población penal, especialmente en materia de salud mental.
  • Adecuación de la clasificación regimental a la realidad penitenciaria.
  • Equipos de protección individuales adecuados a los riesgos afrontados.
  • Apoyo psicológico y jurídico a las víctimas de las agresiones.

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