La plantilla de la Casa de Socorro en Salamanca la formaba un nutrido número de profesionales: Seis médicos titulares, dos supernumerarios, practicantes de plantilla y farmacéuticos, estos últimos concertados por el Ayuntamiento para el suministro de medicinas a los inscritos en las listas de la beneficencia. Desde su creación, la Casa de Socorro tenía abierta una partida presupuestaria para sufragar, entre otras cosas, los gastos de baños y aguas medicinales que los enfermos pobres necesitaban por prescripción facultativa.
Desde 1943 los municipios con más de 8.000 habitantes y que no superaban los 20.000 estaban obligados a abrir una Casa de Socorro. Los ayuntamientos con más de 100.000 tenían la obligación de mantener en activo una Casa de Socorro por cada cien mil almas o fracción. Salamanca estaba clasificada entre las ciudades de cuarta categoría, las que tenían censados entre 25.000 y 75.000 habitantes.
Estos centros sanitarios debían contar obligatoriamente con guardia médica interior permanente y servicio exterior nocturno, consultas de medicina, cirugía y especialidades, a ser posible desempeñadas por los mismos médicos del turno de guardia, y, si el movimiento del centro lo permitía, durante las mismas horas en que se realizaba el servicio de guardia.
El paciente que solicitaba los servicios de la Casa de Socorro y que no estaba incluido en las listas de Beneficencia Municipal, abonaba, conforme a unas tarifas establecidas por la Jefatura Provincial de Sanidad, el acto médico al que se había sometido.
Además de los pobres, también quedaban excluidos de pagar la tasa por servicios prestados los sujetos considerados dentro de la asistencia médica de urgencia, los accidentes casuales con carácter de urgencia y las visitas nocturnas al domicilio de personas sin seguridad social o aquellos que no estaban acogidos a empresas de seguro libre y que carecían de médico de cabecera o de cualquiera otro beneficio médico de urgencia.





















