El TSJCyL ratifica la condena al exalcalde de Villarino

Por la contratación irregular de sus familiares para asuntos municipales
El alcalde de Villarino de los Aires, Julián Martín. (Ayuntamiento de Villarino/Archivo)

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la condena del exalcalde de Villarino a 9 años de inhabilitación para cargo público por la contratación irregular de sus familiares para asuntos municipales. Desestima su recurso presentado contra el fallo inicial de la Audiencia de Salamanca y le condena a pagar las costas de su apelación al TSJCyL.

El exalcalde interpuso recurso de apelación alegando quebrantamiento de normas y garantías procesales (decía que la sentencia de instancia no dio respuesta alguna a las cuestiones previas procesales que fueron formuladas al inicio de la vista oral); la admisión y práctica de diligencias complementarias solicitadas por el Ministerio Fiscal fuera de plazo y la introducción sorpresiva del delito de malversación de caudales públicos.

La Audiencia Provincial de Salamanca inhabilitó al alcalde del municipio de Villarino de los Aires, Julián Martín, para cargo público durante nueve años al considerarle responsable de un delito de prevaricación administrativa por la contratación de su hermano como jefe de la cuadrilla de obras públicas, durante tres años, con un plus de plena dedicación.

Sin embargo, la sala decidió absolver a Martín, regidor municipal durante casi una década tras acceder al bastón de mando el 13 de junio de 2015, con todos los pronunciamientos favorables por el resto de los delitos, de prevaricación administrativa y malversación de fondos públicos, por los que había sido acusado por el Ministerio Fiscal y por la acusación popular.

Según recoge la sentencia, en el ejercicio de sus funciones, y “plenamente conocedor del procedimiento legal aplicable”, procedió a firmar, por razones de urgencia, el 13 de julio de 2015, un contrato con su hermano para obra o servicio determinado, recogida como “trabajos de su especialidad en la obra de montaje y desmontaje de la plaza de toros portátil para las fiestas del municipio”, sin abstenerse a pesar del vínculo familiar existente entre ellos. 

A la finalización del contrato, que era por un tiempo de dos meses y para obra y servicio determinado, el hermano del alcalde continuó prestando servicios para el Ayuntamiento durante un tiempo de tres años, en concreto, hasta el 12 de julio de 2018, fecha en la que se procedió a la extinción de su contrato, para evitar que adquiriese la condición de trabajador fijo de plantilla. 

La gestora laboral del Ayuntamiento y el secretario aconsejaron su cese con el pago del siete por ciento de indemnización, según lo establecido en el convenio.

Durante todo el tiempo referido, el hermano del alcalde cobró un salario de acuerdo con lo establecido en el convenio de la construcción de Salamanca, con la incorporación de un plus por dedicación exclusiva. 

Antes de eso, ya había contratado «por razones de urgencia» a sus dos sobrinos como socorristas de las piscinas municipales, «pese a que legalmente tenía deber de abstención al tratarse los contratados de parientes colaterales en tercer grado, plazas de socorristas para cuyo nombramiento previamente se anunciaron en el tablón de anuncios y se pidieron candidatos al Ecyl, siendo elegidos por la mesa de contratación como órgano de selección».

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