El pulso judicial en torno a la figura de Begoña Gómez suma un nuevo capítulo. El juez Juan Carlos Peinado ha vuelto a transformar las diligencias contra la esposa del presidente del Gobierno en un procedimiento de la Ley del Jurado, proponiendo formalmente que sea un tribunal ciudadano el encargado de juzgarla por un presunto delito de malversación.
Esta decisión llega después de que la Audiencia de Madrid anulara el pasado 23 de febrero una propuesta idéntica, alegando que el instructor no había motivado suficientemente su resolución. En respuesta, Peinado ha redactado un extenso auto de 46 páginas en el que justifica la acumulación de la malversación junto a los otros tres delitos que pesan sobre Gómez: tráfico de influencias, corrupción en los negocios e intrusismo profesional.
Cita en los juzgados el 1 de abril
Siguiendo los cauces del artículo 25 de la Ley del Jurado, el magistrado ha citado para el próximo 1 de abril a Begoña Gómez, a su asesora en Moncloa, Cristina Álvarez, y al empresario Juan Carlos Barrabés. El objetivo de la comparecencia es informarles oficialmente de que, de abrirse finalmente juicio oral, la causa quedará en manos de un jurado popular.
Se trata de un trámite meramente informativo, similar al que ya se produjo en la primera convocatoria, a la que acudieron únicamente las defensas de los investigados.
«Prevalencia moral» como esposa del presidente
Lo más llamativo del nuevo auto es la dureza con la que el juez Peinado describe la conducta de la investigada. Según el magistrado, «no ofrece duda alguna» que Gómez se sirvió de su «prevalente posición de esposa del presidente del Gobierno» para desarrollar actividades de carácter privado.
El instructor sostiene que Gómez utilizó esa «prevalencia moral» para influir en ciudadanos y cargos públicos, citando reuniones en el Palacio de la Moncloa con el empresario Barrabés y el rector de la Universidad Complutense, Joaquín Goyache. En el texto, Peinado llega a afirmar que la condición de esposa de Sánchez influye per se en la conducta de terceros por el «poder que su esposo tiene» para beneficiar a determinados actores económicos.
El juez también pone el foco en la redacción de cartas que sugerían la adjudicación de contratos públicos y en la contratación de su asesora, María Cristina Álvarez, quien según el auto no solo realizaba labores institucionales, sino que prestaba servicios para las actividades privadas de Gómez.

















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