Prestar dinero a un hijo, a un hermano o a un amigo íntimo es un gesto habitual, pero hacerlo sin «papeles» puede acarrear sanciones importantes. Para la Agencia Tributaria, cualquier transferencia de dinero entre particulares puede ser sospechosa de ser una donación encubierta, lo que obligaría a pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Para evitarlo, la clave es formalizar un contrato de préstamo entre particulares.
1. El contrato: tu mejor escudo
No hace falta ir al notario, pero sí es imprescindible redactar un documento privado que incluya:
- Identificación completa de quien presta (prestamista) y quien recibe (prestatario).
- Importe exacto y el destino del dinero (ej. compra de vivienda).
- Plazo de devolución: Debe ser realista (no pongas 40 años si el prestamista tiene 80).
- Intereses: Puedes establecer que el préstamo sea al 0% (gratuito), pero debes especificarlo por escrito. Si no se indica nada, Hacienda podría aplicar el interés legal del dinero automáticamente.
2. El trámite obligatorio: el Modelo 600
Aunque el préstamo sea sin intereses, es obligatorio registrar la operación.
- Se debe presentar el Modelo 600 en la oficina de Hacienda de tu comunidad autónoma en un plazo de 30 días desde la firma.
- La buena noticia: Esta operación está exenta de impuestos. No tendrás que pagar nada, pero la notificación sirve para que Hacienda reconozca que el dinero es un préstamo y no un regalo.
3. Justificar la devolución
Tan importante como el contrato es demostrar que el dinero está volviendo.
- Usa transferencias bancarias: Evita el efectivo. Las transferencias dejan un rastro claro.
- Guarda los justificantes: Conserva cada recibo de devolución para demostrar que se está cumpliendo lo pactado en el contrato.
¿Cuándo salta la alarma de Hacienda?
La Agencia Tributaria pone el foco en las transferencias que superan los 10.000 euros, aunque tiene potestad para investigar cualquier movimiento sospechoso a partir de los 3.000 euros o si detecta ingresos constantes de efectivo sin justificar.
En resumen: ¿Notario sí o no?
No es obligatorio, pero sí recomendable si la cantidad es muy elevada o si temes que pueda haber problemas de impago. Un contrato ante notario permite acudir directamente a un embargo de bienes sin pasar por un juicio largo, aunque conlleva gastos adicionales que un contrato privado no tiene.
Borrador de Contrato de Préstamo entre Particulares
REUNIDOS:
- PRESTAMISTA: D/Dª [Nombre y Apellidos], con DNI [Número] y domicilio en [Dirección completa].
- PRESTATARIO: D/Dª [Nombre y Apellidos], con DNI [Número] y domicilio en [Dirección completa].
Ambas partes se reconocen capacidad legal mutua y acuerdan las siguientes:
CLÁUSULAS:
- OBJETO: El Prestamista entrega en este acto al Prestatario la cantidad de [Importe en euros] € mediante transferencia bancaria.
- INTERESES: El presente préstamo no devengará interés alguno (tipo de interés 0%). Ambas partes acuerdan el carácter gratuito de la operación.
- DEVOLUCIÓN: El Prestatario se obliga a devolver la cantidad recibida en un plazo máximo de [Número] meses/años, finalizando el día [Fecha límite].
- CUOTAS: El reembolso se realizará mediante [ingresos mensuales de XXX € / un pago único al finalizar el plazo] a la cuenta bancaria del Prestamista.
- AMORTIZACIÓN ANTICIPADA: El Prestatario podrá devolver la totalidad o parte del dinero antes del plazo fijado sin ninguna penalización.
- INCUMPLIMIENTO: En caso de impago, el Prestamista podrá dar por vencido el préstamo y exigir la devolución inmediata del capital pendiente.
Y en prueba de conformidad, firman el presente contrato por triplicado (uno para cada parte y uno para la oficina liquidadora de Hacienda) en:
En [Ciudad], a [Día] de [Mes] de 202X.
(Firmas de ambos en todas las hojas)
Últimos consejos antes de firmar:
- Tres copias: Firma tres ejemplares originales. Uno para ti, otro para el familiar y el tercero para presentarlo junto al Modelo 600 en la Agencia Tributaria de tu Comunidad Autónoma.
- Justificante bancario: Adjunta al contrato una copia del resguardo de la transferencia. Es la prueba definitiva de que el dinero se movió de una cuenta a otra.
- Plazo coherente: Como se mencionaba antes, pon una fecha de devolución que sea creíble según la edad de quien presta el dinero.
Presentar el Modelo 600 es el paso final para que Hacienda te deje tranquilo. Aunque cada Comunidad Autónoma tiene su propia plataforma de gestión tributaria, los apartados clave son universales.
Aquí tienes una guía rápida para no perderte entre tantas casillas:
Pasos para rellenar el Modelo 600 (Préstamo entre particulares)
Lo primero que debes saber es que este impuesto se llama Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO). Aunque está exento (pagarás 0 €), es obligatorio declararlo.
1. Datos del Sujeto Pasivo (el que recibe el dinero)
Aquí van los datos de la persona que recibe el préstamo (el prestatario). Es quien tiene la obligación de presentar el modelo.
2. Datos del Transmitente (el que presta el dinero)
Aquí introduces los datos de la persona que presta el capital (el prestamista).
3. Concepto del documento
Busca en el desplegable de conceptos algo similar a:
- Concepto: «Préstamo entre particulares» o «Préstamos» (Suele tener un código específico según la comunidad).
- Fecha de devengo: Es la fecha en la que firmasteis el contrato.
4. Datos del bien o derecho
En este apartado debes describir brevemente la operación:
- Descripción: «Préstamo particular sin intereses por importe de [Cantidad] € según contrato adjunto».
- Valor declarado: La cantidad total que se ha prestado (ej. 15.000 €).
5. Autoliquidación (La parte más importante)
Aquí es donde «haces las cuentas» para que el resultado sea cero:
- Base imponible: El importe del préstamo (ej. 15.000 €).
- Tipo de gravamen: 0% (o dejar en blanco si el sistema lo hace solo).
- Cuota: 0 €.
- Exención/No sujeción: Debes marcar la casilla de «Exento».
- Nota técnica: El fundamento legal es el Artículo 45.I.B.15 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
¿Cómo y dónde se presenta?
- Vía Online: Casi todas las comunidades permiten la presentación telemática con certificado digital o Clave PIN. Subes el PDF del contrato y el resguardo de la transferencia.
- Vía Presencial: Debes pedir cita en la Delegación de Hacienda de tu comunidad. Lleva:
- El Modelo 600 cumplimentado.
- El contrato original firmado por duplicado (ellos se quedan uno y te sellan el otro).
- Copia del DNI de ambas partes.
Un último detalle: Asegúrate de presentar el modelo antes de que pasen 30 días hábiles desde la firma del contrato. Si te pasas del plazo, Hacienda podría ponerte una pequeña multa por presentación fuera de plazo, aunque la cuota siga siendo cero.
Al estar en Castilla y León, el trámite se gestiona a través del Portal de Tributos de la Junta de Castilla y León. Aquí las particularidades son muy concretas, así que toma nota para no dar vueltas innecesarias:
1. ¿Dónde se presenta?
Tienes dos opciones principales:
- Telemática: A través de la Oficina Virtual de Impuestos (OVIA). Necesitarás certificado digital o DNI electrónico. Es lo más cómodo porque puedes adjuntar el PDF del contrato y el justificante de la transferencia al momento.
- Presencial: En las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros de la Junta o en las Delegaciones Territoriales de Hacienda (por ejemplo, la de Salamanca está en la calle Príncipe de Vergara). Ojo: Suele ser necesario pedir cita previa.
2. Códigos específicos para el Modelo 600
En Castilla y León, para que la autoliquidación te salga a 0 € correctamente, debes fijarte en estos campos:
- Concepto (Clave): Suele ser el código PO0 (Préstamos).
- Fundamento de la exención: Debes indicar que te acoges al Artículo 45.I.B) 15 del Texto Refundido de la Ley del ITP y AJD. Al marcar esto, el programa de la Junta debería dejar la «Cuota a ingresar» en 0,00 €.
3. Documentación local necesaria
Si vas de forma presencial, asegúrate de llevar:
- Tres copias del contrato (el que redactamos antes).
- DNI original y copia del que recibe el dinero (el prestatario), que es quien presenta el modelo.
- Copia del DNI del prestamista.
- Justificante bancario de la transferencia (muy importante en esta comunidad para demostrar que el dinero realmente se ha movido).
4. Plazo y «Truco» de la Junta
Como en el resto de España, tienes 30 días hábiles desde la fecha de la firma del contrato.
Nota importante: En Castilla y León son bastante rigurosos con la comprobación de las devoluciones. Se aconseja que, una vez presentado el modelo, el prestatario guarde en una carpeta todos los justificantes de las transferencias mensuales de devolución. Si dentro de un par de años Hacienda te hace una revisión aleatoria, con enseñar el Modelo 600 sellado y los recibos de las cuotas, el expediente se cierra en cinco minutos.













